Orden de 29 de junio de 1984 sobre normas de calidad para el comercio exterior de sandías.

MarginalBOE-A-1984-15234
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La evolución experimentada en los últimos años en el comercio exterior de sandías y las modificaciones adoptadas en Ginebra por el Grupo de Trabajo para la normalización de productos perecederos, de la Comisión Económica para Europa (CEPE), en su norma de calidad para esta fruta destinada al comercio entre países europeos o a la importación por estos países, aconsejan la modificación de nuestra normativa actual para dicho producto.

En consecuencia, de acuerdo con el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación y oído el Sector interesado, este Ministerio ha tenido a bien dictar la siguiente norma de calidad para sandías.

  1. NORMA TECNICA

    I.1 Definición del producto.

    La presente norma se refiere a las sandías de las variedades (cultivares) procedentes de destinadas a ser entregadas al consumidor en estado fresco, con exclusión de las destinadas a transformación industrial.

    I.2 Disposiciones relativas a la calidad.

    La norma tiene por objeto definir las calidades que han de presentar las sandías en el momento de la expedición, después de su acondicionamiento y envasado.

    I.2.1 Características mínimas.

    En todas las categorías, y teniendo en cuenta las disposiciones particulares previstas para cada una de ellas y las tolerancias admitidas, las sandías deben presentarse:

    -Enteras.

    -Firmes y suficientemente maduras, el color y sabor da la pulpa deben corresponder con una madurez suficiente.

    -Sanas, se excluyen los productos afectados de podredumbre o alteraciones que los hagan impropios para el consumo.

    -No reventadas.

    -Limpias, prácticamente exentas de materias extrañas visibles.

    -Desprovistas de humedad exterior anormal.

    -Desprovistas de olor y/o sabor extraños.

    Las sandías deben presentar un desarrollo y un estado, tales, que les permitan soportar el transporte y la manipulación para que puedan llegar al lugar de destino en condiciones satisfactorias.

    I.2.2 Clasificación.

    Las sandías son objeto de una clasificación en dos categorías que se definen a continuación.

    1. Categoría

      Las sandías clasificadas en esta categoría deben ser da buena calidad. Deben presentarse:

      -Bien formadas, teniendo en cuenta las características de la variedad.

      -Exentas de heridas y magulladuras (no se consideran como defectos las heridas pequeñas y superficiales).

      -Exentas de señales de ataques de parásitos animales y vegetales o de enfermedades, principalmente antracnosis.

      Se permite una coloración pálida en la zona de la sandía que ha estado en contacto con el suelo...

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