Orden ECD/146/2013, de 28 de enero, por la que se modifica la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Febrero de 2013
MarginalBOE-A-2013-1208
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, desarrolló la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, determinando los órganos superiores y directivos hasta el nivel orgánico de Subdirección General y definió las competencias de cada uno de estos órganos.

Con el fin de mejorar la prestación de servicios de los órganos del Departamento se ordenó su gestión con las diferentes delegaciones en los responsables de los órganos directivos mediante la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Profundizando en la mejora de prestación de servicios y al objeto de alcanzar tanto una mayor eficacia en la ordenación de los procedimientos, como en la unificación de criterios en materia de revisión de actos administrativos, se considera aconsejable, a tal fin, introducir algunas modificaciones en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo:

Primero.

Se modifica el apartado «Segundo» del epígrafe I. «Delegación de competencias en materia de revisión de actos administrativos, responsabilidad patrimonial, reclamaciones previas y derecho de petición», que queda redactado de la siguiente manera:

Segundo.

Aprobación de la delegación de competencias de órganos superiores y directivos del Ministerio en otros órganos en materia de revisión de actos administrativos, responsabilidad patrimonial, reclamaciones previas y derecho de petición.

1. Se aprueba la delegación por el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, en el Secretario General de Universidades y en los Directores Generales correspondientes, de acuerdo con su respectivo ámbito de competencias, de la resolución de los recursos de reposición contra actos adoptados por delegación del Secretario de Estado en materia de becas, subvenciones y demás ayudas.

2. Se aprueba la delegación en el Secretario General Técnico de las competencias para resolver recursos de alzada o de reposición cuando por aplicación de la normativa...

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