Orden JUS/490/2020, de 6 de marzo, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Tramitacion Procesal y Administrativa de don José Antonio Ruano Alfonso.

MarginalBOE-A-2020-5609
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

Por sentencia firme de fecha 6 de noviembre de 2019 del Juzgado de lo Penal n.° 13 de Sevilla, en Procedimiento Abreviado número 382/2017, procedente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 2 de Marchena (Procedimiento Abreviado n.° 35/16 de ese órgano), se condena a don José Antonio Ruano Alfonso, funcionario de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, como autor penalmente responsable de un delito de revelación de secretos a las penas, entre otras, de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres meses.

Considerando que en el artículo 443.2.d), en relación con el artículo 491.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, se establece que la condición de funcionario se pierde «por inhabilitación absoluta o especial impuesta como pena principal o accesoria por los tribunales cuando la misma sea firme».

Este Ministerio, en el ejercicio de la competencia conferida por el artículo 494 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, acuerda:

Primero. 

Declarar la pérdida de la condición de funcionario de carrera de don José Antonio Ruano Alfonso, con DNI 522****4*, con efectos del día de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo. 

Contra esta Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR