Orden JUS/460/2020, de 29 de mayo, por la que se modifica la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, por la que se dispone la fecha de efectividad de 22 plazas de magistrado en órganos colegiados, de entrada en funcionamiento de 45 juzgados correspondientes a la programación del año 2019, y de efectividad de 2 plazas de magistrado en la Sección de Apelación Penal de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Cataluña y de la Comunidad de Madrid.

MarginalBOE-A-2020-5474
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 256/2019, de 12 de abril, de creación de setenta y cinco unidades judiciales correspondientes a la programación de 2019, dispuso la creación y constitución de cincuenta y un nuevos Juzgados; la constitución pendiente de dos Juzgados de la Comunitat Valenciana, cuya creación se recoge en los anexos de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial; así como la dotación de una plaza de Magistrado para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears y de veintiuna plazas de Magistrado en Audiencias Provinciales.

En la disposición final tercera del Real Decreto 256/2019, de 12 de abril, se establece que la fecha de efectividad de las plazas de Magistrado en órganos judiciales colegiados, y la de entrada en funcionamiento de los Juzgados, serán fijadas por el Ministro de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial.

La implementación de las setenta y cinco unidades judiciales creadas en el Real Decreto 256/2019, de 12 de abril, se ha materializado en las Órdenes JUS/767/2019, de 11 de julio, JUS/1134/2019, de 14 de noviembre, y JUS/1201/2019, de 11 de diciembre, si bien es preciso proceder a la modificación parcial de la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, dada la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, prorrogada por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, el Real Decreto 486/2020, de 10 de abril, el Real Decreto 492/2020, de 24 de abril, el Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, y el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, así como las medidas establecidas en el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

Esta situación anómala hace imposible materialmente la ejecución y finalización de las actuaciones necesarias que permitan garantizar la entrada en funcionamiento de determinadas unidades judiciales creadas y constituidas en el Real Decreto 256/2019, de 12 de abril, en las fechas inicialmente establecidas, por lo que es preciso proceder...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR