Orden JUS/381/2017, de 28 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

MarginalBOE-A-2017-4829
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración de Justicia,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 442 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el artículo 35 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases de convocatoria

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 91 plazas del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, de las comprendidas en el anexo II apartado «Personal de la Administración de Justicia», «del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 22 de marzo), a través de los sistemas generales de acceso libre y de promoción interna.

    Del total de estas plazas, se reservarán 6 para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.

    1.2 La distribución por turnos de acceso de las 91 plazas convocadas es la siguiente: para el acceso libre: 70 plazas, de las cuales 5 constituyen el cupo de reserva de personas con discapacidad. Para el acceso por promoción interna: 21 plazas, de las cuales 1 constituye el cupo de reserva de personas con discapacidad.

    Las plazas reservadas en promoción interna para personas con discapacidad que queden desiertas, se acumularán a las del turno ordinario de promoción interna.

    Las plazas convocadas para el sistema general de promoción interna que queden vacantes se acumularán a las de acceso libre, sistema general, antes de la realización del curso de prácticas.

    En el turno libre, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular al turno general.

    1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los turnos: turno libre o promoción interna.

  2. Proceso selectivo

    2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes tanto en la realización de los ejercicios como en el curso selectivo. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización, de conformidad con la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para acceso al empleo público de personas con discapacidad («BOE» de 13 de junio).

    En primer lugar se resolverá el turno de promoción interna y con posterioridad el turno libre. Según lo establecido por la Oferta de Empleo Público de 2016, el primer ejercicio de la fase de oposición, tendrá que celebrarse en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria.

    2.2 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

    Promoción interna:

    En la Resolución por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos se indicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición. Se prevé su realización en el mes de septiembre de 2017.

    Acceso libre:

    El primer ejercicio de la fase de oposición está previsto que se realice en noviembre de 2017. En todo caso será anterior a la finalización del 2.º ejercicio de la fase de oposición del turno de promoción interna.

    Salvo que concurran causas objetivas que justifiquen su ampliación, apreciadas por la Secretaría de Estado de Justicia, oído el Tribunal n.º 1 en su caso, la duración máxima del concurso oposición para el turno de promoción interna será de ocho meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio de la oposición. Para el turno libre la duración máxima de la oposición será de nueve meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

    Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo de la siguiente, debe transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales en ambos turnos.

    Tanto en el turno de acceso libre como en el de promoción interna, se incluye la superación de un curso teórico práctico de carácter selectivo que tendrá lugar en el Centro de Estudios Jurídicos para los aspirantes de ambos turnos, una vez superada la fase de oposición o de concurso oposición. Se desarrollará y calificará conforme a lo previsto en la normativa reguladora del Centro. Para la realización de éste, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición o de concurso oposición serán nombrados funcionarios en prácticas.

    El correcto desarrollo de este proceso selectivo exige el cumplimiento de determinados plazos que resultan inviables durante el mes de agosto, por ello, se declara dicho mes inhábil a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente convocatoria.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en la Orden JUS/1848/2016, de 24 de noviembre, por la que se modifica la Orden JUS/2250/2006, de 3 de julio («BOE» de 5 de diciembre), y modificada por Orden JUS/236/2017, de 13 de marzo («BOE» 16 de marzo).

    El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» a la fecha de la publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.

    No obstante, en materia de Registro Civil se exigirá sólo la legislación vigente en la fecha de publicación de la presente convocatoria.

  4. Requisitos de los candidatos

    4.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los siguientes requisitos de participación:

    1. Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, ni alcanzarla durante el tiempo que dure el proceso selectivo hasta la toma posesión, incluido el curso de selección en el Centro de Estudios Jurídicos.

    2. Tener la nacionalidad española.

    3. Hallarse en posesión del título de Licenciado o Grado en Derecho o en condiciones de obtenerlo a la fecha de publicación de la convocatoria. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, o en su caso, el correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

    4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

    5. No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.

    6. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado.

    7. No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el desempeño del cargo de Letrado de la Administración de Justicia.

    Además de los requisitos anteriores, en la solicitud de participación deberá manifestarse expresamente el compromiso de prestar el juramento o la promesa previstos en el artículo 443.1.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

    4.2 Los aspirantes que concurran a la convocatoria por el turno de promoción interna, deberán cumplir además los siguientes requisitos:

    – Pertenecer como funcionario de carrera al cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa.

    – Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, en el cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa. A estos efectos se computarán los servicios prestados en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia del que, en su caso, procedan.

  5. Solicitudes

    5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de Justicia, Modelo 790 - Código 007, en cuya parte superior figura «Solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen», disponible en castellano y en las demás...

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