Orden JUS/292/2015, de 3 de febrero, por la que, en ejecución de sentencia, se incluye a doña María Luz Gabarrón Sánchez-Fortún en la relación de aprobados del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/3339/2008, de 10 de noviembre.

MarginalBOE-A-2015-1859
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, estimó el recurso de casación número 2492/2013 interpuesto por doña María Luz Gabarrón Sánchez-Fortún, contra la Sentencia de 5 de abril de 2013 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional (en el recurso contencioso-Administrativo número 290/2011) sobre las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, por el sistema general de acceso libre, y convocadas por Orden JUS/3339/2008, de 10 de noviembre, a las que la interesada accedió en el en el cupo de reserva de discapacitados.

Estimado el recurso de casación, el Tribunal Supremo en fallo de recurso anula la mencionada sentencia de 5 de abril de 2013 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Provincial (en el recurso contencioso-administrativo número 290/2011), estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto en el proceso de instancia y anula la actuación administrativa impugnada, reconociendo a doña María Luz Gabarrón Sánchez-Fortún el derecho a ser incluida en la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo litigioso, si, añadidas a las plazas inicialmente reservadas para el cupo de discapacitados dentro del proceso del llamado por dicha convocatoria «Turno libre» en el territorio de Andalucía las que quedaron desiertas en ese mismo cupo correspondiente al denominado «Turno de Promoción interna», la puntuación total obtenida por dicha recurrente le coloca dentro del número de plazas resultante en relación con los demás aspirantes aprobados que también participaron por el cupo de discapacitados.

Este Ministerio, en cumplimiento de sentencia del Tribunal Supremo número 2492/2013, de 16 de diciembre de 2014, y comprobado que una vez añadidas a las plazas, inicialmente reservadas para le cupo de discapacitados dentro del proceso del llamado por dicha convocatoria «Turno libre» en el territorio de Andalucía, las que quedaron desiertas en ese mismo cupo correspondiente al denominado «Turno de Promoción interna», la puntuación obtenida por la recurrente la sitúa en relación con los demás aspirantes aprobados que también participaron por el cupo de discapacitados en posición suficiente para otorgándole el derecho a ser incluida en la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo litigioso,

Resuelve lo siguiente:

Pr...

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