Orden JUS/2542/2015, de 25 de noviembre, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

MarginalBOE-A-2015-13011
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 3), modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 29), en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y en el artículo 52 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril).

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo 1 de la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicita-dos por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos en la relación de puestos de trabajo aprobada por la Comisión Interministerial de Retribuciones para el Ministerio de Justicia.

Segunda.

Los interesados dirigirán sus solicitudes, a la Abogacía Ge-neral del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, calle Ayala, nº 5. 28001 Madrid, en el modelo de instancia publicado como anexo 2 de la pre-sente Orden.

Tercera.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la pu-blicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarta.

Los aspirantes acompañarán a la solicitud el curriculum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

Quinta.

El nombramiento consecuencia de la presente convocatoria deberá efectuarse en el plazo máximo de dos meses contados desde la finali-zación del plazo de presentación de solicitudes.

Sexta.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso- administrativo, ante el Juzgado Central de lo Contencioso- Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de...

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