Orden JUS/201/2017, de 1 de marzo, por la que se publica la relación de aprobados de las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, turno promoción interna, convocadas por Orden JUS/2890/2015, de 23 de diciembre.

MarginalBOE-A-2017-2569
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

Finalizadas las fase de oposición y de concurso de las pruebas selectivas para acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, turno promoción interna, convocadas por Orden JUS/2890/2015, de 23 de diciembre (BOE de 7 de enero de 2016), y recibida del Tribunal Calificador Número Uno la relación de aspirantes que han superado las mismas,

Este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en la base 8.1 de la Orden JUS/2890/2015, de 23 de diciembre, ha acordado:

Primero.

Hacer pública la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas que figura en el anexo II de esta Orden.

Segundo.

En el plazo de veinte días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes que figuran en el citado anexo presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, n.º 8, código postal 28012 de Madrid, o bien, en los registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dirigida a la Secretaria de Estado de Justicia, la siguiente documentación:

  1. Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su titulación o certificación académica puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar fotocopia compulsada del título de Licenciado o Graduado en Derecho o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del título, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.

    En el supuesto de titulación obtenida en el extranjero, deberá presentarse certificado de homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

  2. Declaración sobre conducta ciudadana en los términos establecidos en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, según el modelo del anexo I.

    Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos en servicio activo únicamente estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Órgano en el que presten servicios aquellos funcionarios que no pertenezcan al Ministerio de Justicia.

    Quienes, dentro del plazo fijado, justifiquen documentalmente reunir los requisitos y condiciones necesarias, serán nombrados por la Secretaría de Estado de Justicia funcionarios en prácticas, a fin de seguir en el Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia el curso selectivo teórico-práctico a que se refiere el punto 8.3 de la Orden de convocatoria y el Reglamento del Centro de Estudios Jurídicos.

    Tercero.

    Los aspirantes presentarán la anterior documentación especificada junto con escrito en el que figure: apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad, Cuerpo al que acceden, número de orden obtenido en el concurso-oposición y teléfono de contacto, a fin de agilizar la identificación en la revisión de documentos.

    Una vez presentada la documentación según indica el punto segundo, se adelantará en formato electrónico a la dirección seleccion.letradosaj@mjusticia.es.

    Cuarto.

    Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, o bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

    Madrid, 1 de marzo de 2017.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/696/2015, de 16 de abril), el Secretario General de la Administración de Justicia...

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