Orden JUS/1802/2016, de 7 de noviembre, por la que se convoca concurso de traslado para la cobertura de plazas en el Ministerio Fiscal.

MarginalBOE-A-2016-10943
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

A efectos de lo previsto en el artículo 36.5 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, según redacción dada por la Ley 24/2007, de 9 de octubre, este Ministerio, a propuesta de la Fiscal General del Estado, acuerda convocar concurso de destinos vacantes en la carrera fiscal con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Podrán tomar parte en el concurso los fiscales de segunda categoría y los abogados fiscales de tercera categoría que lleven más de dos años en la plaza a la que hubieran accedido voluntariamente, así como los abogados fiscales nombrados para su primer destino, que lleven más de un año en el mismo computándose el tiempo transcurrido en situación de expectativa de destino como tiempo mínimo de permanencia en el primer destino.

El tiempo de permanencia se computará desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Real Decreto o de la Orden de nombramiento para el destino que ocupan, o en su caso para el destino en situación de expectativa.

Segunda.

Están obligados a concursar los fiscales en situación administrativa de excedencia voluntaria que hubiesen solicitado el ingreso al servicio activo y hubieran obtenido, en su caso, la correspondiente declaración de aptitud. En este caso, tendrán obligación de solicitar por orden de prioridad todas las plazas ofertadas en el presente concurso. De no hacerlo así, se les declarará en situación de excedencia voluntaria por interés particular, quedando sin efecto la declaración de actitud.

Tercera.

No podrán concursar quienes se hallasen en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Aquellos en los que no concurran los requisitos de permanencia en destino establecido en la base primera.

  2. Los sancionados con trasladado forzoso hasta que transcurra el plazo determinado en la resolución que ponga fin al proceso sancionador.

  3. Los electos para un destino que hubiera sido solicitado por ellos.

  4. Los suspensos, mientras sea efectiva la suspensión.

    Cuarta.

    1. Los participantes que reúnan los requisitos generales exigidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes podrán solicitar:

  5. Los destinos vacantes en el momento de efectuarse esta convocatoria, que se anuncian en el anexo I.

  6. Los destinos que puedan quedar vacantes como consecuencia de la adjudicación de los destinos a los que hace referencia el apartado anterior de esta base y que se incorporarán al concurso en concepto de resultas.

  7. ...

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