Orden JUS/1211/2016, de 23 de junio, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Facultativos, Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

MarginalBOE-A-2016-7005
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en los artículos 43 a 48 y artículos 51 a 53 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, se anuncia concurso de traslado para la provisión de puestos genéricos vacantes que se citan en el anexo I, entre los funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Facultativos, Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslado, de los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las relaciones de puestos de trabajo del ámbito del Ministerio de Justicia.

En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, de Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.

Segunda. Requisitos y condiciones de participación.

  1. Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos y Escalas de Facultativos, Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que estén destinados, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.

    Los Facultativos sólo podrán tomar parte en este concurso para plazas correspondientes a su especialidad.

  2. Los funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos y Escalas de Facultativos, Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses sólo podrán tomar parte en este concurso, para el mismo Cuerpo o Escala en el que están en activo, si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes ha transcurrido un periodo de dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo en el Cuerpo o Escala desde el que participa, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso.

    Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como segundo año, el año natural siguiente.

    Los funcionarios que no tengan destino definitivo están obligados a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluidos de dicha limitación temporal.

  3. No podrán tomar parte en este concurso:

    1. Los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

    2. Los que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.

    3. Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

    4. Los que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan tomado posesión del destino que les fue adjudicado.

    Tercera. Puestos que se pueden solicitar.

  4. Los participantes podrán solicitar los puestos de trabajo relacionados en anexo I.

    Dichos puestos se identifican por un número de orden. Con la sola solicitud del número de orden se entienden pedidas todas las vacantes del Cuerpo –y en su caso especialidad– existentes en el centro y, así mismo, todas las resultas que pudieran producirse, en el orden de preferencia indicado.

  5. También se podrán solicitar los puestos genéricos que queden vacantes como consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que se pretendan amortizar ante un proyecto de modificación de las relaciones de puestos de trabajo o reordenación de efectivos de un centro de trabajo en que no se anunciará ninguna resulta correspondiente al Cuerpo.

    Los puestos que se ofertan en concepto de resultas son los relacionados en el anexo III. Estos puestos se identifican por un número de orden.

  6. Excepcionalmente podrá eliminarse alguna de las plazas anunciadas como vacantes o resultas, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que obligara a ello.

    Cuarta. Presentación de solicitudes y documentación.

  7. Las solicitudes para tomar parte en este concurso deberán...

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