Orden JUS/12/2018, de 12 de enero, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

MarginalBOE-A-2018-526
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en los artículos 78, 109 y 112 a 118 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales aprobado por Real Decreto 1680/2005 de 30 de diciembre y la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, este Ministerio ha acordado anunciar a concurso de traslado la provisión de las plazas vacantes de nueva creación de los grupos Segundo y Tercero, que figuran en el anexo I.

El concurso se ajustará a las siguientes Bases:

Primera.

Podrán tomar parte en este concurso los Letrados de la Administración de Justicia que pertenezcan a las Categorías Primera, Segunda y Tercera del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación.

Segunda.

Para poder concursar deberá haber transcurrido un periodo mínimo de dos años a contar desde la fecha de la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que obtuvo su último destino definitivo desde el que participa, o desde la fecha de resolución en la que se le adjudicó el destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso. Los Letrados de la Administración de Justicia que no tengan destino definitivo, obligados a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, están excluidos de esta limitación temporal.

Los Letrados de la Administración de Justicia que ocupen plaza cuyo titular se encuentre en situación de servicios especiales y la ocupen definitivamente al resultar vacante, no podrán volver a concursar si no han transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se convocó la plaza que se les adjudicó provisionalmente.

Los Secretarios de Gobierno y Secretarios Coordinadores Provinciales nombrados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, pueden concursar para obtener plaza en este concurso en los términos establecidos en la disposición transitoria cuarta de la citada Ley Orgánica 7/2015.

Tercera.

No podrán tomar parte en el concurso:

  1. Los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

  2. Los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.

  3. Los sancionados con traslado forzoso fuera del municipio de destino hasta que transcurran los plazos de uno o tres años a los que se refiere el artículo 538 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Cuarta.

Los Letrados de la Administración de Justicia que participen en el presente concurso de traslado, cumplimentarán su solicitud, con carácter obligatorio, por medios telemáticos a través del Asistente de Inscripción, al que podrán acceder desde el Portal de la Administración de Justicia (acceso Área Privada-Escritorio de trabajo-Aplicación AINO@), cumplimentando todos los apartados que se le exijan.

Sólo se podrán presentar las solicitudes por otros medios cuándo existan motivos justificados y previa autorización de la Subdirección General de Programación de la Modernización, autorización que se solicitará al correo electrónico: letradosaj@mjusticia.es. Esta modalidad de solicitud podrá presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si dichas solicitudes se presentaran a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente antes de ser certificadas e irán dirigidas al Área de Letrados de la Administración de Justicia de la Subdirección de Programación de la Modernización (c/ San Bernardo, n.º 19, 4.ª planta, despacho 409 - 28071 Madrid). Una vez presentadas...

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