Orden INT/1457/2016, de 5 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

MarginalBOE-A-2016-8387
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016 (BOE 22 de marzo de 2016), y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio del Interior, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» de 15 de abril de 1997) previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de Marzo y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE núm. 284 de 27 de noviembre), modificada por Orden PRE 2061/2009, de 23 de julio (BOE de 30 de julio).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará en la página web de la Dirección General de Tráfico (www.dgt.es), en el punto de acceso general (administración.gob.es), y en la del Ministerio de Interior (www.interior.gob.es).

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico, código de Cuerpo 5700, por el sistema general de acceso libre, y 10 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en los Anexos I y VI del RD 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016 (BOE 22 de marzo de 2016). Del total de las plazas del cupo general de acceso libre y del cupo de promoción interna se reservará una plaza en cada uno de los cupos para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad general, en un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. La opción a estas plazas reservada habrá de formularse en la solicitud de participación de la convocatoria.

    La plaza reservada para persona con discapacidad del turno general de acceso libre, en caso de quedar desierta, no se acumulará al turno general de acceso libre según lo recogido en el artículo 4.9 del. RD 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016 (BOE 22 de marzo de 2016).

    La plaza reservada para persona con discapacidad del turno de promoción interna, en caso de quedar desierta, se acumulará al turno de promoción interna según lo recogido en el artículo 4.10 del. RD 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016 (BOE 22 de marzo de 2016)

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que opten por el turno de general de acceso libre, y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que opten por el turno de promoción interna, debiéndose seleccionar o un turno o el otro en la solicitud, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un curso selectivo.

    Los aspirantes sólo podrán escoger uno de los dos turnos: general de acceso libre o promoción interna.

    Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado todas las fases serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

  3. Programa

    El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

  5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna.

    5.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

    5.2 Pertenecer como personal laboral fijo al grupo profesional 1 del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, o a una categoría o grupo profesional equivalente de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar como función principal funciones directivas y predirectivas de impulso y gestión en materia de tráfico y seguridad vial para el desarrollo y ejecución de las políticas viales públicas, especificadas en:

    – Investigación y análisis en materia de seguridad vial.

    – Diseño, planificación y ejecución de las políticas viales.

    – Educación vial y formación de conductores.

    – Información y divulgación en materia de seguridad vial.

    – Normativa en materia de tráfico.

    – Gestión del tráfico y movilidad segura.

    – Telemática aplicada a la movilidad.

    – Procedimiento sancionador en materia de tráfico.

    – Tramitación administrativa en materia de tráfico.

    5.3. Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpo o Escala del subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso del personal laboral fijo será requisito haber desempeñado durante al menos dos años un puesto de trabajo como personal laboral fijo grupo 1 de las categorías indicadas en el apartado 5.2 anterior. Dichos extremos se acreditarán mediante Anexo V ó VI según corresponda a personal funcionario o personal laboral.

  6. Acceso de personas con discapacidad

    6.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad general deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación del proceso selectivo.

    6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo.

    Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad («BOE» de 13 de junio).

    Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente deberán aportar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

  7. Solicitudes

    7.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en el Punto de Acceso General (administracion.gob.es/PAG/ips).

    7.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. De modo telemático, haciendo uso del servicio para la Inscripción en Procesos Selectivos del Punto de Acceso General (administracion.gob.es/PAG/ips). La presentación por esta vía permitirá:

  8. Inscripción en línea del modelo 790.

  9. Anexar documentos a su solicitud.

  10. Pago telemático de las tasas.

  11. Registro electrónico de la solicitud.

    1. De modo presencial, las solicitudes podrán presentarse en el Registro Central de la Dirección General de Tráfico (C/ Josefa Valcárcel 28, 28071, Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los...

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