Orden HFP/556/2018, de 24 de mayo, por la que se actualizan las normas sobre gastos, pagos, intervención y contabilidad de MUFACE.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Junio de 2018
MarginalBOE-A-2018-7261
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyOrden

El Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, y en concreto el capítulo X, determina el Régimen Económico y Financiero de la Mutualidad, disponiendo el dictado de normativa específica, entre otras, en materia de ordenación de gastos y pagos, intervención y contabilidad, en sus artículos 140 y 145.

Conforme al mandato reglamentario, por Orden de 17 de diciembre de 1998 (modificada por la orden de 29 de julio de 1999), del Ministerio de Administraciones Públicas, se establecen las normas a las que han de ajustarse la autorización de los gastos y ordenación de los pagos según el presupuesto aprobado, así como la intervención de los actos de MUFACE.

Desde la fecha de la modificación de la citada Orden, han sido muy numerosos e importantes los cambios normativos que ha registrado el marco presupuestario, financiero, fiscalizador y contable de la Administración General del Estado y los organismos públicos de ella dependientes.

Además, la prestación farmacéutica, ha sufrido una profunda transformación y dada la particularidad de los gastos en medicamentos dispensados a través de los servicios de farmacia hospitalaria financiados directamente por MUFACE, parece oportuno incluir de forma expresa la gestión de estos gastos mediante la cuenta única de prestaciones, uno de cuyos signos distintivos de calidad es la inmediatez de la cobertura prestacional.

En consecuencia, procede introducir las modificaciones oportunas en el sistema de control interno de la gestión económica financiera de MUFACE contemplado en la citada Orden, mediante la aprobación de una nueva Orden reguladora del procedimiento.

La Orden se estructura en tres artículos que regulan su ámbito de aplicación, el Régimen presupuestario, contable y de control de MUFACE, así como los procedimientos de gestión en la tramitación de los gastos y pagos; una disposición transitoria, donde se establece la normativa de aplicación a los procedimientos en tramitación; una disposición derogatoria de la Orden de 17 de diciembre de 1998, y una disposición final que determina la fecha de entrada en vigor.

Esta orden se dicta en ejercicio de la habilitación legal otorgada al Ministro de Administraciones Públicas (en la actualidad Ministro de Hacienda y Función Pública) por la disposición final segunda del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.

En virtud de cuanto antecede, dispongo:

Artículo 1 Ámbito de aplicación.

Las normas contenidas en la presente Orden serán de aplicación a los gastos y pagos relativos al funcionamiento interno y al cumplimiento de la acción protectora de MUFACE, así como a su régimen presupuestario, contable y de fiscalización.

Artículo 2 Régimen presupuestario, contable y de control.
  1. De acuerdo con el ámbito institucional de los Presupuestos Generales del Estado, la confección del Presupuesto de MUFACE se realizará de conformidad con las normas que rijan para la elaboración de aquéllos, ordenándose orgánica y funcionalmente con arreglo a las contingencias a cubrir mediante su acción protectora.

  2. La contabilidad de...

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