Orden HFP/22/2017, de 19 de enero, sobre delegación de competencias en materia de gestión económica y presupuestaria.

MarginalBOE-A-2017-681
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La disposición adicional tercera de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, creó el servicio presupuestario 05 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación» en la Sección 31 «Gastos de Diversos Ministerios».

Con cargo a este servicio presupuestario se financian aquellos contratos centralizados conforme a lo señalado en el artículo 206.3.a) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que, por sus características, permitan una financiación centralizada.

La entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha implicado la puesta en funcionamiento de un nuevo procedimiento de práctica de las notificaciones administrativas en papel regulado en el artículo 42. A fin de adaptar la práctica de notificaciones a la nueva Ley, se ha celebrado un contrato centralizado que da cobertura a la nueva práctica de las notificaciones administrativas en papel e incluye también las notificaciones judiciales, tanto de la fase I como de la fase II del contrato centralizado de servicios postales.

La celebración de este contrato ha puesto de manifiesto la necesidad de aprobar una nueva orden de delegación de competencias en materia de gestión económica y presupuestaria.

Esta orden se dicta al amparo del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su virtud, dispongo:

Artículo primero Delegación de competencias en materia de gestión económica y presupuestaria.

Se delega en los titulares de los órganos indicados en el anexo I de esta orden:

  1. La competencia, en relación con las obligaciones que se generen en los ámbitos que se citan en el citado anexo, para el reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago con cargo a los créditos del servicio 05 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación» de la sección 31 «Gastos de Diversos Ministerios», programa presupuestario 923 R «Contratación Centralizada», subconcepto 222.01 «Comunicaciones postales y mensajería».

  2. La competencia de expedición y autorización de los documentos contables en relación con los créditos presupuestarios cuya competencia de gestión presupuestaria tenga delegada.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

A partir de la entrada en vigor de esta orden quedan sin efecto el apartado 17 del artículo 6 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias, así como su anexo II.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Ejercicio de competencias delegadas.
  1. La delegación de competencias contenida en la presente orden se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante puede avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos comprendidos en ella considere oportunos.

  2. Los titulares de los órganos en que se delegan atribuciones por la presente orden podrán someter al Ministro de Hacienda y Función Pública los expedientes que por su trascendencia consideren conveniente.

  3. Siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente disposición, deberá indicarse expresamente en la resolución administrativa correspondiente.

Disposición final segunda Efectos.

La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de enero de 2017.–El Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro Romero.

ANEXO I Delegación de competencias

Titular del órgano en el que se delega Ámbito
Director General del Servicio Exterior. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Vicesecretaría Técnica del Instituto Cervantes. Instituto Cervantes.
Departamento de Gestión Económica. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Subdirección General de Contratación y Servicios. Ministerio de Justicia-Resto del Departamento Ministerial.
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia. Ministerio de Justicia-Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
Secretaría General de la Abogacía General del Estado del Ministerio de Justicia. Ministerio de Justicia-Abogacía General del Estado.
Secretaría General de la Mutualidad General Judicial. Mutualidad General Judicial.
Secretaría General de la Agencia Española de Protección de Datos. Agencia Española de Protección de Datos.
Jefatura de Área de Servicios Económicos de la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías. Ministerio de Defensa-resto de Ministerio.
Jefatura de Asuntos Económicos del Estado Mayor de la Defensa. Estado Mayor de la Defensa.
Secretaría General del INTA. Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas».
Subdirección General Económico Financiero del INVIED. Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.
Subdirección General Económico Financiero de ISFAS. Instituto
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