Orden HAP/833/2015, de 5 de mayo, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad, convocada por Orden HAP/1354/2014, de 22 de julio.

MarginalBOE-A-2015-5127
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyOrden

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad, convocadas por Orden HAP/1354/2014, de 22 de julio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en la base decimoséptima de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, este Ministerio acuerda:

Primero.

Hacer pública la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición por el sistema general de acceso libre, por orden de puntuación obtenida que figura en el anexo I de la presente Orden.

Segundo.

Declarar, tras su comprobación, el cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, por parte de los aspirantes relacionados en el anexo I, salvo lo señalado en los apartados siguientes, de acuerdo con la información que consta en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Registros Nacionales de titulaciones académicas de la Administración General del Estado.

Tercero.

Los aspirantes señalados en el anexo II deberán presentar la documentación que se le requiera en el mencionado anexo y que aparece detallada a continuación, en los lugares y plazos señalados en el apartado quinto.

  1. Documento nacional de identidad.

  2. Fotocopia compulsada del título de Ingeniero Técnico, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico o Grado, o certificación académica original que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Cuarto.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera deberán formular opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero.

Quinto.

Las personas indicadas en el apartado tercero deberán aportar ante la Administración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la documentación requerida, en el plazo de veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», dirigida a la Subdirección General de Recursos Humanos (C/ Alcalá, 9, planta 4.ª, de Madrid) o en el Registro General del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento...

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