Orden HAP/1610/2016, de 6 de octubre, por la que se aprueba la segunda convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.

MarginalBOE-A-2016-9222
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

Con fecha 17 de noviembre se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) la Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (DUSI) que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020.

Con fecha 13 de enero de 2016 acabó el plazo de presentación de solicitudes, donde se presentaron 269 estrategias DUSI y se inició la fase de instrucción y ordenación del procedimiento de concesión de estas ayudas por parte de la Dirección General de Fondos Comunitarios. Con fecha 3 de octubre 2016 se resolvió la primera convocatoria con la selección de 83 Estrategias.

La primera convocatoria de las estrategias DUSI ha supuesto un reto sin precedentes para las Entidades locales, no sólo por la cantidad de recursos financieros destinados para las mismas, sino por el hecho de tener que presentar una Estrategia Integrada de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado del área funcional.

El esfuerzo realizado por España ha sido reconocido a nivel interno con la presentación de estrategias por el 100 % de los municipios de más de 50.000 habitantes y el 44 % de los de entre 20 y 50.000 habitantes, con un resultado global de que prácticamente el 70 % de los municipios de más de 20.000 habitantes han sido capaces de plantear y desarrollar estrategias de desarrollo urbano sostenible e integrado.

En la primera convocatoria (730 millones de euros de ayuda FEDER) se han incluido ayudas aproximadamente por el 70 % de la dotación total programada en el Programa operativo de Crecimiento Sostenible, donde se encuentra incluido el Eje 12. Desarrollo Urbano (1.013 M€ de ayuda FEDER). En esta segunda convocatoria se repartirá el resto de ayuda que queda del total de ayuda FEDER asignada al Eje 12. Desarrollo Urbano que es un total de 281,838 M€ a lo que se añadirán todos los remanentes por Comunidad Autónoma que hayan quedado sin asignar de la primera convocatoria. En total se repartirá prácticamente un 40 % de la primera convocatoria, que como máximo será de 21,80 M€.

Por otro lado, la Comunidad Valenciana está tramitando la transferencia de 17,7 M€ de su Programa Operativo Regional para el Eje 12 de Desarrollo Urbano del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible (POCS). Dados los plazos es imposible incluir en esta segunda convocatoria esta transferencia de ayuda ya que aún no está aprobada por la Comisión Europea la reprogramación de los dos Programas Operativos, el regional y el POCS. Además, en estos momentos está en marcha la revisión técnica del Marco Financiero Plurianual (Presupuesto máximo de gasto de la UE) que asignara a España una cierta cantidad de dinero que se podría destinar al Eje 12. Desarrollo Urbano, dado el éxito de la convocatoria y la expectación que se ha generado en las Entidades locales españolas y el propio reconocimiento por parte de la Comisión. Por todo ello, se está planificando una tercera convocatoria, en cuanto se pueda tener conocimiento del montante final que se puede dedicar al Eje 12 procedente de la revisión técnica del Marco Financiero Plurianual. En esta tercera convocatoria se incluirían los posibles restos de la segunda convocatoria, la transferencia de ayuda propuesta por la Comunidad Valenciana, la transferencia de ayuda que pudiera provenir de cualquier otra Comunidad Autónoma que se aviniera a esta posibilidad y la parte que se decida de la revisión técnica del Marco Financiero Plurianual.

En atención a lo dispuesto anteriormente dispongo la segunda convocatoria de ayudas con arreglo a las siguientes disposiciones.

Primero. Convocatoria.

  1. Se aprueba la segunda convocatoria para la concesión de las ayudas para las Estrategias DUSI.

  2. Esta convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020 sin perjuicio de lo que en particular se establece en las presentes disposiciones.

  3. El Director General de Fondos Comunitarios a los efectos de información y publicidad, así como de coordinación con otras administraciones públicas, publicará la presente convocatoria en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y en el «Boletín Oficial del Estado».

    Segundo. Financiación.

    Se convoca aproximadamente un 30 % del total de la ayuda FEDER destinada al eje urbano dentro del POCS, de acuerdo con la siguiente distribución de ayuda por comunidad autónoma:

    Comunidad Autónoma Total ayuda FEDER por CC.AA. para la segunda convocatoria – Miles de euros
    Extremadura 21.991
    Subtotal Menos Desarrolladas 21.991
    Andalucía 103.282
    Castilla-La Mancha 18.919
    Murcia 11.720
    Canarias 21.296
    Subtotal Transición 155.217
    Galicia 35.630
    Com. Valenciana 35.585
    Asturias 7.592
    Castilla y León 11.556
    Cantabria 0
    Baleares 0
    La Rioja 0
    Aragón 0
    Cataluña 14.267
    Navarra 0
    País Vasco 0
    Madrid 0
    Subtotal más desarrolladas 104.630
    Total España 281.838

    (*) La dotación para Desarrollo Urbano Sostenible Integrado correspondiente a Ceuta y Melilla se halla programada en los respectivos Programas Operativos FEDER de Ceuta y Melilla.

    A los importes anteriores se les podrán añadir las cantidades que hubieran quedado remanentes como resultado de la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado, que como máximo será de 21,80 M€.

    Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.

  4. El plazo para la presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días hábiles desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria, finalizando el plazo a las 14:00 horas del día que corresponda. Con objeto de dar un correcto servicio...

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