Orden FOM/1104/2015, de 28 de mayo, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden FOM/587/2015, de 13 de marzo.

MarginalBOE-A-2015-6584
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

Anunciada por Orden FOM/587/2015, de 13 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 6 de abril), convocatoria pública para cubrir por el sistema de concurso específico (Ref.ª FE4/15) puestos de trabajo en el Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, y previo cumplimiento de las normas establecidas en el título III, capítulo II, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de las bases de dicha convocatoria,

Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha resuelto:

Primero.

Aprobar las propuestas de la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios y en los términos que se expresan en el anexo a la presente Orden.

Segundo.

Declarar desiertos los puestos que se especifican en el anexo por alguna de las siguientes causas: No haber petición alguna para cubrirlos, no alcanzar la puntuación mínima exigida o no reunir las condiciones requeridas en la convocatoria.

Tercero.

El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que la resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Cuarto.

El personal que haya obtenido destino a través de este concurso no podrá participar en concursos de méritos que convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo lo previsto por el apartado 2 del artículo 41 del...

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