Orden ESS/2463/2015, de 20 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden ESS/2211/2015, de 21 de octubre.

MarginalBOE-A-2015-12603
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

Por Orden ESS/2211/2015, de 21 de octubre (BOE de 23 de octubre), se anunció para su cobertura por el sistema de libre designación el puesto de Consejero de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Italia (Roma).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en relación con el artículo 56.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con lo establecido en el artículo 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y lo previsto en el artículo 8.2 del Real Decreto 904/2003, de 11 de julio, por el que se regula la Administración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el exterior, se ha acreditado la observancia del proceso debido y el cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria.

Se ha valorado la idoneidad del candidato para el desempeño del puesto que se le asigna, ostentando la capacidad y competencia personal y profesional, en virtud del artículo 89.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de acuerdo con la valoración efectuada por el Centro Directivo del que depende el puesto de trabajo convocado, coincidente en el mismo sentido con el informe del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

En concreto, se ha tenido en cuenta la formación curricular del candidato, su experiencia en el ámbito internacional, su amplio conocimiento jurídico en el ámbito del Derecho de la Seguridad Social y su labor docente en dichas materias, así como su actividad en el campo de la doctrina científica del Derecho Laboral y de Seguridad Social a través de la publicación de múltiples libros y artículos especializados.

En virtud de todo lo anterior, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Resolver la referida convocatoria en los términos que se señalan en el anexo adjunto.

Segundo.

La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, antes citado.

Tercero.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR