Orden ESS/1065/2016, de 27 de junio, por la que se resuelve parcialmente el concurso específico convocado por Orden ESS/624/2016, de 25 de abril, para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2016-6417
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

Por Orden ESS/624/2016, de 25 de abril (BOE de 30 de abril), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social (Gerencia de Informática de la Seguridad Social).

Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos alegados por los concursantes y a propuesta de la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base quinta de la citada Orden, este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Resolver parcialmente la adjudicación del puesto de trabajo contenido en el anexo de esta resolución.

Segundo.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden.

Tercero.

El personal que obtenga destino en este concurso deberá permanecer en el puesto de trabajo adjudicado un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos de provisión, salvo en el ámbito de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1. e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el de supresión del puesto de trabajo.

Cuarto.

El destino adjudicado se considera de carácter voluntario y, en consecuencia, no genera derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda...

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