Orden ECD/989/2017, de 26 de septiembre, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

MarginalBOE-A-2017-11818
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el título III, capítulo III, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos que se establecen para el desempeño del mismo.

Segunda.

Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura como anexo II, a la Secretaría General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (plaza del Rey, 1, 4.ª planta), dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y las presentarán en el Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

Los aspirantes acompañarán a la solicitud un curriculum vítae en el que harán constar los títulos académicos y experiencia profesional que posean, además de cualquier otra circunstancia y mérito que consideren oportuno poner de manifiesto.

Cuarta.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de...

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