Orden ECD/5/2017, de 9 de enero, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso del proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, convocado por Orden ECD/2851/2015, de 18 de diciembre.

MarginalBOE-A-2017-384
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

Finalizadas la fase de oposición por el sistema de acceso libre, y las fases de oposición y concurso por el sistema de acceso por promoción interna, en el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos convocado por Orden ECD/2851/2015, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 31 de diciembre de 2015), y de conformidad con el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado («BOE» del 10 de abril), se resuelve:

Primero.

Hacer pública como anexo I a esta orden la relación definitiva de aspirantes que han aprobado la fase de oposición por el sistema de acceso libre y las fases de oposición y concurso por el sistema de acceso por promoción interna del proceso selectivo citado en el encabezamiento por orden de puntuación, obtenida en función de la suma de puntuaciones alcanzadas en los ejercicios de la fase de oposición para el turno libre, y en los ejercicios de la fase de oposición y en la fase de concurso para el acceso por promoción interna.

Segundo.

Los aspirantes que figuran en el anexo I de esta orden dispondrán de un plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, sito en la plaza del Rey, número 1, 28004 Madrid, o bien, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:

  1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.

  2. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la Convocatoria.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán entregar fotocopia compulsada de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

    Los aspirantes cotejarán y compulsarán las copias de los documentos originales en las oficinas de Registro donde entreguen la documentación.

  3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II.

    Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como anexo III.

    Tercero.

    Si dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, algún aspirante no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en el apartado segundo de esta orden, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad que hubiese incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

    Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 46 de la...

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