Orden ECC/2777/2015, de 11 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

MarginalBOE-A-2015-13944
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1966/2015, de 22 de marzo, Boletín Oficial del Estado del 23, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284 del 27), modificadas por Orden PRE/2061/2009 de 23 de julio («BOE» del 30).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará en el Punto de Acceso General: www.administracion.gob.es así como en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad www.mineco.es; y en la de los Organismos Públicos de Investigación; www.aemps.es, www.isciii.es, www.ciemat.es, www.md.ieo.es, www.inta.es, www.inia.es.

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 28 plazas de la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación código 5024 por el sistema general de acceso libre.

    Del total de estas plazas se reservará una plaza, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.

    1.2 La distribución por especialidades de las 27 plazas convocadas por el turno general es la siguiente:

    Especialidad OPI/Destino N.º de Plazas
    Colaboración en la investigación en materia energética, medio ambiental y tecnológica CIEMAT 3
    Laboratorios y técnicas de análisis químico-farmacéutico AEMPS 5
    MINHAP 7
    Técnicas de laboratorio y experimentación agraria y alimentaria INIA 3
    Laboratorio y técnicas biosanitarias ISCIII 2
    Laboratorio y técnicas de telemedicina y eSalud ISCIII 1
    Técnicas de laboratorio INTA 3
    Laboratorio y técnicas de experimentación en oceanografía, ecología marina y recursos vivos marinos IEO 3
    De las 12 plazas de la especialidad Laboratorios y técnicas de análisis químico-farmacéutico, 5 están destinadas en la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) y 7 están destinadas en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP)

    1.3 La plaza convocada por el cupo de reserva para personas con discapacidad corresponde al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP).

    La plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad será adjudicada, de entre los aspirantes que por dicho cupo hayan aprobado el proceso selectivo, a aquel candidato que mayor puntuación final obtenga.

    Una vez cubiertas la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de turno general de la misma especialidad por la que hayan participado en el cupo de reserva para personas con discapacidad.

    La plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumulará a las de acceso general.

    1.4 En el supuesto que en alguna de las plazas de las especialidades quedara desierta, el Tribunal podrá proponer al órgano convocante que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente previstas para especialidad distinta en el mismo organismo.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    La fecha prevista para la realización del primer ejercicio de la oposición será en el segundo trimestre de 2016.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  4. Requisitos de los aspirantes

    Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

    4.1 Nacionalidad:

    1. Tener la nacionalidad española.

    2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

    3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estado miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separado de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

    4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea ratificados por España en los que se dé aplicación la libre circulación de trabajadores.

    5. Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

    4.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

    4.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener Título de Bachiller o Técnico. Asimismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, su homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

    4.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

    4.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas y de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las desempañadas en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

  5. Solicitudes

    5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en el punto de Acceso General (administración.gob.es/PAG/model790).

    5.2 La presentación de solicitudes se realizará por cualquiera de los siguientes medios:

    1. De modo telemático, haciendo uso del servicio para la Inscripción en Procesos Selectivos del Punto de Acceso General (administración.gob.es/PAG/ips). La presentación por esta vía permitirá:

  6. Inscripción en línea del modelo 790.

  7. Anexar documentos a su solicitud.

  8. Pago telemático de las tasas.

  9. Registro electrónico de la solicitud.

    1. Asimismo, también podrán formalizarse las solicitudes en soporte papel, rellenando e imprimiendo el modelo 790 referido en la base anterior y presentándolo en los Registros Generales del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) (avenida Complutense, 40, 28040 Madrid); del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) (avenida de Monforte de Lemos, núm. 5, 28029 Madrid); del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) (carretera de La Coruña, km 7,5, 28040 Madrid); del Instituto Español de Oceanografía (IEO) (calle Corazón de Maria número 8, 28002 Madrid); en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) (carretera de Ajalvir, km.4,5, 28850 Torrejón de Ardoz, Madrid; Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) (calle Campezo, 1, edif. 8, 28022 Madrid o del Ministerio de Economía y Competitividad (paseo de la Castellana, 162, 28007 Madrid); así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

    5.3 Pago de la tasa de los derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en...

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