Orden ECC/2253/2014, de 2 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECC/1908/2013, de 17 de octubre, por la que se establece el procedimiento para la contratación y formalización de operaciones de crédito a celebrar con el Banco Europeo de Inversiones con la finalidad de financiar proyectos de competencia de los distintos departamentos ministeriales, con el fin de incluir las operaciones de crédito a celebrar con el Banco de Desarrollo del Consejo de Europa.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Diciembre de 2014
MarginalBOE-A-2014-12562
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El Banco de Desarrollo del Consejo de Europa (Council of Europe Development Bank, CEB) está ofreciendo instrumentos para financiar proyectos desarrollados por departamentos ministeriales de los Estados miembros.

Esta nueva situación ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar la Orden ECC/1908/2013, de 17 de octubre, que regula el procedimiento para la celebración de operaciones de crédito con el Banco Europeo de Inversiones (BEI), con el objeto de que también se incluyan en su ámbito de aplicación las operaciones de crédito a celebrar con el CEB.

La contratación y formalización de operaciones de crédito a celebrar con el CEB con la finalidad de financiar proyectos de competencia de los distintos departamentos ministeriales seguirá el mismo procedimiento interno existente para el mismo tipo de operaciones a celebrar con el BEI, aprobado en la Orden ECC/1908/2013, de 17 de octubre, permitiendo asegurar la coherencia de la concertación de este tipo de operaciones de crédito con la programación económica y presupuestaria general.

En ningún caso la contratación y formalización de operaciones de crédito que se pudieran celebrar con el CEB conforme al procedimiento previsto por la Orden ECC/1908/2013, de 17 de octubre, habrán de dar lugar a dotaciones adicionales en los presupuestos de los correspondientes departamentos ministeriales, debiendo por tanto contemplarse los recursos necesarios para su ejecución dentro de la envolvente presupuestaria fijada para los departamentos afectados, y debiendo, por otra parte, el proceso de presupuestación y dicha ejecución obedecer la normativa aplicable con carácter general.

En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden ECC/1908/2013, 17 de octubre por la que se establece el procedimiento para la contratación y formalización de operaciones de crédito a celebrar con el Banco Europeo de Inversiones con la finalidad de financiar proyectos de competencia de los distintos departamentos ministeriales.

La Orden ECC/1908/2013, 17 de octubre por la que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR