Orden ECC/1790/2015, de 31 de julio, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Orden ECC/1037/2015, de 25 de mayo.

MarginalBOE-A-2015-9650
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Economía y Competitividad
Rango de LeyOrden

Por Orden ECC/1037/2015, de 25 de mayo, («Boletín Oficial del Estado» de 3 de junio), se convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Español de Oceanografía.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, así como en los artículos 47 y 48 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado, previa actuación de la Comisión de Valoración a que hace referencia la base cuarta de la citada convocatoria, y a la vista de los méritos alegados por los aspirantes.

Este Ministerio acuerda:

Primero.

Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración, adjudicando los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de esta Orden, a los funcionarios que se especifican y declarar desiertos los puestos que se detallan en el citado anexo.

Segundo.

El plazo de toma de posesión del nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Si la adjudicación comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Tercero.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino, bien por sistema de libre...

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