Orden DSA/437/2021, de 29 de abril, por la que se regulan los Premios Reina Letizia.

MarginalBOE-A-2021-7535
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Rango de LeyOrden

La Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, y ratificada por España con fecha 23 de noviembre de 2007, tiene como propósito promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, promoviendo el respeto de su dignidad y estableciendo obligaciones para los poderes públicos dirigidas a garantizar que su ejercicio sea pleno y efectivo.

La Convención se reafirma en el principio de que todas las personas, independientemente del tipo de discapacidad que presenten, deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Aclara y precisa cómo se aplican a las personas con discapacidad todas las categorías de derechos e indica las esferas en las que es necesario introducir adaptaciones, para que puedan ejercer en forma efectiva estos derechos.

Por su parte, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, revisó los términos, definiciones, principios y contenidos a la citada Convención. Esta norma establece, entre sus objetivos, garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas.

El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo del sector público institucional estatal de los previstos en los artículos 98 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Sus funciones están recogidas en el artículo 57 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, que le atribuye, entre otras, la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.

El Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, establece como fines del organismo la realización de acciones coordinadas para la promoción y mejora de los derechos de las personas con discapacidad, así como de su desarrollo personal, consideración social y mejora de la prevención de las discapacidades, así como la promoción de políticas, estrategias, planes y programas sobre la discapacidad.

Entre sus funciones se recoge la de fomentar, mediante los entonces Premios Reina Sofía, la promoción de la defensa de los derechos de las personas con discapacidad.

Con fecha 26 de diciembre de 2019, se firma la Resolución de la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de la entidad para 2020-2022. Este Plan marca como objetivos estratégicos del Real Patronato la generación y transferencia del conocimiento en materia de discapacidad, la promoción de la capacitación y desarrollo profesional en áreas de investigación, innovación y emprendimiento, el desarrollo de programas y actuaciones de sensibilización y concienciación social en materia de discapacidad y accesibilidad y la cooperación institucional tanto entre los distintos niveles de las Administraciones Públicas, como con el Tercer Sector de la discapacidad y otras entidades privadas. En este sentido, cabe destacar la convocatoria y concesión de estos premios como actuación fundamental en el cumplimiento del objetivo de sensibilización y concienciación.

En cumplimiento de la normativa existente, el Real Patronato sobre Discapacidad ha convocado, desde hace años, estos premios, en sus modalidades de prevención de la discapacidad, rehabilitación e integración, accesibilidad universal de municipios, promoción de la inserción laboral de las personas con discapacidad, tecnologías de la accesibilidad y cultura inclusiva.

La sucesión en la Jefatura del Estado supuso que la Presidencia de Honor del Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad corresponda a Su Majestad la Reina Doña Letizia. Además, las novedades legislativas aparecidas desde la aprobación de las bases reguladoras de estos premios, particularmente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el tiempo transcurrido desde entonces, hacen necesaria una nueva regulación que incluya su revisión y actualización.

Por otra parte, se han incorporado dos nuevos premios Reina Letizia, el correspondiente a deporte inclusivo, que pretende fomentar la práctica inclusiva de cualquier modalidad deportiva y categoría, tanto en lo referido al deporte de base como al de alta competición, y el Premio Reina Letizia por la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, que reconoce la realización de logros extraordinarios en el campo de los derechos humanos de las personas con discapacidad, mediante el despliegue de iniciativas, estrategias y acciones para promover el conocimiento, la toma de conciencia y la aplicación efectiva de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Asimismo, se han modificado las denominaciones de algunos de los premios y se han refundido el Premio de prevención sobre discapacidad y el Premio de rehabilitación y de integración en una única categoría, el Premio de investigación, que recoge como áreas específicas de investigación la prevención y la rehabilitación, premiándose alternativamente cada una de estas áreas.

Esta orden se adecúa a los principios de la buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Es acorde con los principios de necesidad y eficacia, ya que establece un marco claro de actuación concretado en el procedimiento para la concesión de los premios y en los criterios de valoración, recogiendo en una única norma las bases de todos los premios, antes regulados en seis normas diferentes. Se cumple el principio de proporcionalidad, ya que la disposición contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad perseguida. La norma es coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional e internacional, de conformidad con el principio de seguridad jurídica.

De acuerdo con el principio de eficiencia, la norma únicamente supone un incremento de las cargas administrativas, por la aparición de dos nuevas categorías de los premios, y no supone un incremento de los recursos públicos, pues se suprime la dotación económica de los galardones, remarcando el carácter honorífico de los mismos. Finalmente, se cumple con el principio de transparencia, ya que en la elaboración de la norma se han seguido todos los procesos de participación que establece la normativa vigente.

La competencia del Estado en esta materia deriva del artículo 149.1.1.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.

En el proceso de elaboración de esta orden, ha emitido informe la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Se ha recabado informe del Consejo Nacional de la Discapacidad y se ha informado al Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto.

La presente orden tiene por objeto regular la concesión de los siguientes «Premios Reina Letizia», en adelante «premios»:

a) «Premio Reina Letizia de investigación».

b) «Premio Reina Letizia de accesibilidad y diseño universal en municipios».

c) «Premio Reina Letizia de promoción de la inclusión laboral de las personas con discapacidad».

d) «Premio Reina Letizia de tecnología accesible».

e) «Premio Reina Letizia de cultura inclusiva».

f) «Premio Reina Letizia de deporte inclusivo».

g) «Premio Reina Letizia de defensa de los derechos de las personas con discapacidad».

Artículo 2  Finalidad de los premios.
  1.  El «Premio Reina Letizia de investigación» tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada y prolongada en el tiempo, en un periodo no inferior a tres años, en el campo de la investigación en las áreas específicas de prevención, habilitación, rehabilitación, autonomía personal y/o inclusión social de las personas con discapacidad que promuevan la mejora de sus condiciones y su calidad de vida. Alternativamente, se premiarán trabajos referidos a estas áreas, convocándose en una edición el premio de investigación sobre prevención de situaciones que generen discapacidad y en la siguiente el premio de investigación sobre habilitación, rehabilitación, autonomía personal e inclusión social.

    Las líneas de investigación, tanto en prevención como en habilitación, rehabilitación y autonomía personal y/o inclusión social, podrán referirse a:

    a) El estudio de la situación y/o necesidades de las personas con discapacidad.

    b) La...

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