Orden DEF/486/2015, de 10 de marzo, por la que se modifica la Orden 18/2001, de 29 de enero, por la que se señala la zona de seguridad del Escuadrón de Vigilancia Aérea número 11, en Alcalá de los Gazules (Cádiz).

MarginalBOE-A-2015-2988
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional establece en su artículo tercero que se denominan zonas de seguridad de las instalaciones militares, o de las instalaciones civiles declaradas de interés militar, las situadas alrededor de las mismas, que quedan sometidas a las limitaciones que por esta Ley se establecen, en orden de asegurar la actuación eficaz de los medios de que disponga, así como el aislamiento conveniente para garantizar su seguridad y, en su caso, la de las propiedades próximas, cuando aquellas entrañen peligrosidad para ellas.

El artículo 11.2 del Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, establece que la delimitación de la zona de seguridad deberá hacerse para cada instalación por el Ministerio de Defensa.

Por Orden 18/2001, de 29 de enero, se señala la zona de seguridad del Escuadrón de Vigilancia Aérea número 11, en Alcalá de los Gazules (Cádiz).

Para dar cumplimiento al Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España, procede modificar la relación de las coordenadas geográficas que definen la zona de seguridad de la citada instalación militar Escuadrón de Vigilancia Aérea número 11, en el término municipal de Alcalá de los Gazules (Cádiz).

En su virtud, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden 18/2001, de 29 de enero, por la que se señala la zona de seguridad del Escuadrón de Vigilancia Aérea número 11, en Alcalá de los Gazules (Cádiz).

La Orden 18/2001, de 29 de enero, por la que se señala la zona de seguridad del Escuadrón de Vigilancia Aérea número 11, en Alcalá de los Gazules (Cádiz), queda modificada de la siguiente manera:

Uno. El apartado segundo, «zona próxima de seguridad», queda redactado como sigue:

Apartado segundo.–De conformidad con lo preceptuado en los artículos 15 y 17 del citado Reglamento, se señala la zona próxima de seguridad, que vendrá determinada por el espacio comprendido entre la valla que delimita el perímetro de la instalación y la línea poligonal cerrada formada por la unión sucesiva de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR