Orden DEF/2588/2015, de 18 de noviembre, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza militar de formación de oficiales para la incorporación a la Escala de Oficiales y a la Escala Técnica de Oficiales del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Diciembre de 2015
MarginalBOE-A-2015-13177
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El artículo 57.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece que con el objeto de acceder a las escalas de oficiales del cuerpo de ingenieros politécnicos se exigirán títulos del sistema educativo general, teniendo en cuenta las exigencias técnicas y profesionales del cuerpo y escala a que se vaya a acceder; y el artículo 65.1, que los planes de estudios de la formación militar general y específica y, en su caso, técnica se ajustarán a la definición de capacidades y diseño de perfiles para el ejercicio profesional establecidos por los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, en su ámbito de competencias.

Por otra parte, el artículo 14 de las Directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas, aprobadas por la Orden DEF/810/2015, de 4 de mayo, establece el diseño y contenido de los currículos; y el artículo 15, que los currículos de la formación militar serán elaborados por los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y, en el caso de los cuerpos comunes, por el Subsecretario de Defensa y aprobados por el Ministro de Defensa.

Por tanto esta disposición contiene los perfiles profesionales a alcanzar, en función de los campos de actividad en los que el militar desempeñará, en el primer empleo, los cometidos propios del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra.

Asimismo, se incluyen las planificaciones temporales de los currículos por cursos y centros donde se imparten, indicando por especialidad fundamental, los créditos ECTS («European Credit Transfer System») de las asignaturas, las materias a la que pertenecen y los módulos en los que están inmersos.

También, se incluyen los créditos, ECTS o anteriores, que se les reconocen a los alumnos de procedencia militar y quedan determinadas las materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas, parcial o totalmente, mediante enseñanza a distancia, a las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan participar de forma presencial.

Por último, se hace referencia a los módulos de formación en idioma inglés, haciendo constar que, dada su importancia, se podrá incorporar su aprendizaje en otros módulos mediante el desarrollo, en dicho idioma, de la totalidad o parte de alguna de las asignaturas que los integran.

Durante su tramitación, este proyecto fue informado por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y se ha dado conocimiento de la misma al resto de asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, ha sido informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

En su virtud, dispongo:

Artículo único Aprobación de los currículos.

Se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en el Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra, cuyos textos se insertan a continuación.

Disposición adicional única Empleos eventuales.

Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, cuando los alumnos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción en el Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra, hayan superado completamente el periodo de formación de carácter general, se les concederá, con carácter eventual y a efectos académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de alférez alumno.

Disposición transitoria única Extinción de los planes de estudios.

Una vez que entren en vigor los nuevos currículos, los planes de estudios anteriores se extinguirán curso por curso académico y coexistirán en el caso de que algún alumno, habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.
  1. Queda derogada la Orden Ministerial 11/2004, de 6 de febrero, por la que se aprueban los Planes de Estudios de la Enseñanza Militar de Formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales y a la Escala Técnica de Oficiales del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra.

  2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en todo aquello en lo que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.

Disposición final única Entrada en vigor. Artículos 1 a 5
  1. La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado ».

  2. Los currículos que se aprueban en esta orden ministerial se implementarán a partir del curso 2015-2016.

Madrid, 18 de noviembre de 2015.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES PARA LA INTEGRACIÓN EN EL CUERPO DE INGENIEROS POLITÉCNICOS DEL EJÉRCITO DE TIERRA

Artículo 1 Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.

La amplia formación que en el ámbito de la ingeniería y arquitectura y el ámbito de las ciencias deben aportar los alumnos que accedan con el título de grado correspondiente, junto con los conocimientos propios de la profesión militar, deberá permitir integrar en estos oficiales un conjunto de competencias y habilidades profesionales propias del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra.

Este Oficial, recibirá una formación integral que, unida al acervo que acumula, le permitirá, como técnico y gestor, tener una visión global de las Fuerzas Armadas y su entorno, imprescindible para su correcta ubicación en la sociedad para la que trabaja.

Así, debido a su formación multidisciplinar, el Oficial, desde su primer empleo como Teniente, puede ejercer los cometidos del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos mediante su capacidad de desarrollar acciones directivas, especialmente de mando; y acciones de gestión, dentro del campo de actividad propio de su especialidad fundamental.

Además debe estar en condiciones de desempeñar tareas de planeamiento y control de la ejecución de las actividades relacionadas con funciones técnicas, logísticas, administrativas y docentes, caracterizándose por el nivel de su formación y por su liderazgo, iniciativa, capacidad para asumir responsabilidades y decisión para resolver.

Artículo 2 Planificación temporal del plan de estudios.

A continuación se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por periodos, con sus módulos correspondientes:

  1. Periodo de formación militar de carácter general.

    Período de formación militar de carácter general (común a ambas escalas) Centro: Academia General Militar
    Módulo Materia Asignatura ECTS
    Formación Militar General. FORMACIÓN BÁSICA. FORMACIÓN MILITAR BÁSICA I. 1,5
    FORMACIÓN MILITAR BÁSICA II. 1,5
    FORMACIÓN MILITAR. FORMACIÓN MILITAR I. 2
    FORMACIÓN MILITAR II. 2,5
    FORMACIÓN MILITAR III. 2,5
    Formación Militar Específica. TÁCTICA Y LOGÍSTICA Y SISTEMAS DE ARMAS. TÁCTICA Y LOGÍSTICA I. 2
    TÁCTICA Y LOGÍSTICA II. 4
    SISTEMAS DE ARMAS. 2
    DERECHO E HISTORIA. DERECHO MILITAR. 2
    HISTORIA DEL EJÉRCITO. 2
    Instrucción y Adiestramiento. INSTRUCCIÓN Y ADIESTRAMIENTO. FASE DE ACOGIDA, ORIENTACIÓN Y ADAPTACIÓN A LA VIDA MILITAR. 2 SEM
    MÓDULO DE FORMACIÓN MILITAR BÁSICA PARA OFICIALES. 4 SEM
    FORMACIÓN FÍSICA Y ORDEN CERRADO. 1 SEM
  2. Periodo de formación militar de carácter específico y técnico.

    1. Materias Comunes.

      Período de formación militar de carácter específico Centro: Espol
      Módulo Materia Asignatura ECTS
      Formación en Idioma Extranjero. LENGUA INGLESA. LENGUA INGLESA. 6
      Trabajo Fin
      ...

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