Orden DEF/2279/2015, de 22 de octubre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

MarginalBOE-A-2015-11802
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo (BOE del 23) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 30).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el Punto de Acceso General http://www.administracion.gob.es y en el portal del Ministerio de Defensa http://www.defensa.gob.es/defensa_yo/trabajaconnostros.

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 7 plazas del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, Código 0416, por el sistema de promoción interna.

    1.2 El conjunto de plazas ofertado se distribuye por áreas de especialización en la forma en que se relaciona a continuación:

    Rama Especialidad N.º de plazas
    Electricidad Electricidad 1
    Electrónica Electrónica 1
    Madera Madera 1
    Artes gráficas Impresión 1
    Artes gráficas Encuadernación 1
    Construcción Construcción y Obras Públicas 1
    Delineación Delineación 1
    Total 7
    1.3 A efectos de la adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados, se excluye la aplicación de lo previsto en los artículos 22.1, penúltimo párrafo, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado
  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

  3. Programa

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  4. Requisitos de los aspirantes

    4.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico. Asimismo se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

    En el caso del personal funcionario, según lo previsto en la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la titulación una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2, o de cinco años y haber superado el curso específico de formación.

    Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 de la Administración General del Estado, serán computables a efectos de la antigüedad referida en este apartado.

    4.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

  5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

    Los aspirantes, además de los requisitos comunes, deberán cumplir:

    5.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

    Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General de Estado, o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar funciones coincidentes con las que, para cada especialidad, se detallan a continuación, en los términos previstos en el anexo III del citado Convenio Único.

    Especialidad Tareas Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales (grupo profesional 3 del vigente Convenio Único)
    Electricidad Conservación y mantenimiento de instalaciones, edificios y bienes muebles.
    Electrónica Instalación y mantenimiento de equipos electrónicos de sonido, de imagen, de telecomunicaciones, y otros de carácter análogo.
    Madera Desarrollo de productos en carpintería y mueble.
    Impresión Producción en industrias de artes gráficas.
    Encuadernación Producción en industrias de artes gráficas.
    Construcción y Obras Públicas Realización y planes de obra.
    Delineación Desarrollo de proyectos mecánicos.
    5.2 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 mencionados en el punto 5.1

    Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal laboral fijo en la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General de Estado o categorías equivalentes mencionadas en el punto 5.1 desarrollando funciones coincidentes con las que, para cada especialidad, se detallan en el citado punto.

    5.3 La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 5.1 y 5.2 se realizará mediante los certificados regulados en el anexo I, punto 1 de la presente Orden.

  6. Solicitudes

    6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud, modelo 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en el Punto de Acceso General, http://www.administracion.gob.es.

    6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar su solicitud ante el Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet http://www.minhap.gob.es o del Punto de Acceso General, http://www.administracion.gob.es.

      La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen, en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen los recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

      La documentación adicional a presentar, de conformidad con lo previsto en las bases específicas de la presente convocatoria, podrá adjuntarse a la solicitud telemática o ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel. En este caso, el pago de la tasa de derechos de examen se efectuará en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

      Para efectuar el pago de esta tasa será necesario presentar el formulario de solicitud debidamente cumplimentado en la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica, o en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

      Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, el formulario de solicitud podrá presentarse en el Registro General del...

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