Orden CUD/1313/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información en el ámbito de la administración electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte.

MarginalBOE-A-2020-440
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

El marco de relación entre la Administración Pública y los ciudadanos a través de los medios electrónicos se encuentra establecido mediante la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En línea con el impulso hacia la digitalización de dicho marco, y con objeto de que las consolidadas relaciones digitales se popularicen, la Administración debe ser confiable, para que los ciudadanos realicen los trámites administrativos con total seguridad y fiabilidad. Esta confianza en los sistemas de información debe extenderse a las garantías no solo sobre las comunicaciones sino también sobre el tratamiento y almacenamiento de la información.

Para ello, el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, persigue fundamentar la confianza en que los sistemas de información prestarán sus servicios y custodiarán la información de acuerdo con sus especificaciones funcionales, sin interrupciones o modificaciones fuera de control, y sin que la información pueda llegar a conocimiento de personas no autorizadas. De igual forma, el Real Decreto-Ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones, incorpora medidas para la seguridad pública, asegurando aspectos relacionados con la mayor exposición a ciberamenazas tales como el robo de datos e información, el hackeo de dispositivos móviles y sistemas industriales, o los ciberataques contra infraestructuras críticas, que exigen una mejor protección de redes y sistemas, así como de la privacidad y los derechos digitales del ciudadano.

La Política de Seguridad de la Información constituye el marco de referencia orientado a facilitar la definición, gestión, administración e implementación de los mecanismos y procedimientos de seguridad establecidos en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero.

Por otra parte, la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales, es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución española. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, tiene por objeto garantizar estos derechos de la ciudadanía y adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

En la elaboración de la orden se han cumplido los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y, en particular, los principios de necesidad y eficiencia, pues se trata del instrumento óptimo para garantizar una política de seguridad en la utilización de medios electrónicos que permita una adecuada protección de la información dentro del Ministerio de Cultura y Deporte. También se adecúa al principio de proporcionalidad, pues no existe otra alternativa menos restrictiva de derechos o de obligaciones y, en cuanto a los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, la norma es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y se ha procurado la participación de las partes interesadas, permitiendo una gestión más eficiente de los recursos públicos y no contempla cargas administrativas.

La presente orden ministerial ha sido informada por la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Cultura y Deporte y por la Agencia Española de Protección de Datos.

Esta orden se dicta en cumplimiento de lo requerido por el artículo 11 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto y ámbito de aplicación.
  1.  Constituye el objeto de la presente orden la aprobación de la Política de Seguridad de la Información (en adelante PSI) en el ámbito de la administración electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, así como del marco organizativo y tecnológico de la misma.

  2.  La PSI será de obligado cumplimiento para todos los órganos superiores y directivos del Ministerio de Cultura y Deporte, incluidos los organismos dependientes o adscritos al mismo que no tengan establecida su propia política de seguridad, siendo aplicable a todos los activos empleados por el Departamento.

  3.  La PSI será de obligado cumplimiento para todo el personal que acceda tanto a los sistemas de información como a la propia información que sea gestionada por el Departamento, con independencia de cuál sea su destino, adscripción o relación con el mismo.

Artículo 2  Competencias del Departamento.

El Ministerio de Cultura y Deporte es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los archivos y bibliotecas estatales, de la promoción y difusión de la cultura en español, así como de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de deporte. Asimismo, le corresponde a este Departamento el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.

Artículo 3  Marco legal y regulatorio.

El marco normativo en que se desarrollan las actividades del Ministerio de Cultura y Deporte, en el ámbito de la prestación de los servicios electrónicos a los ciudadanos, sin perjuicio de la legislación específica, se compone de:

  1.  Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  2.  Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  3.  Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en al ámbito de la Administración Electrónica.

  4.  Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en al ámbito de la Administración Electrónica.

  5.  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

  6.  Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

  7.  Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula el documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica.

  8.  Orden CUL/395/2010, de 17 de febrero, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura.

  9.  Resolución de 19 de febrero de 2010, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se crea la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes.

  10.  Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura.

  11.  Resolución de 24 de junio de 2009, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se crea el registro electrónico del Consejo Superior de Deportes.

  12.  Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

  13.  Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y su normativa de desarrollo.

  14.  Orden CUD/458/2019, de 12 de abril, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Cultura y Deporte y se regula su composición y funciones.

  15.  Orden PCI/487/2019, de 26 de abril, por la que se publica la Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2019, aprobada por el Consejo de Seguridad Nacional.

  16.  Real Decreto-Ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.

Del mismo modo, forman parte del marco regulatorio las normas aplicables a la Administración Electrónica del Departamento que desarrollen o complementen las anteriores y que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la PSI.

Artículo 4  Principios de la seguridad de la información.
  1.  Principios básicos.

    Los principios básicos son directrices fundamentales de seguridad que han de tenerse siempre presentes en cualquier actividad relacionada con el uso de los activos de información. Se establecen los siguientes:

    a) Alcance estratégico: la seguridad de la...

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