Orden CUL/1706/2007, de 7 de junio, por la que se crea el Premio «Aguja de Oro» del Diseño de Moda.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Junio de 2007
MarginalBOE-A-2007-11664
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

Bajo la denominación de Premio «Aguja de Oro» del Diseño de Moda se crea un galardón de carácter internacional que premiará la obra de un creador en el ámbito del diseño de moda, en cualquiera de sus manifestaciones.

La Aguja de Oro es la denominación bajo la cual D.ª María Rosa Salvador Ramonacho ha venido premiando desde 1981, durante veintiséis ediciones, a diseñadores de todo el mundo, consolidando la trayectoria y prestigio de un Premio que, teniendo en cuenta la relevancia adquirida, se considera necesario mantener siendo asumido a partir de ahora por el Ministerio de Cultura.

Con este premio se otorgará el reconocimiento institucional a un creador cuya obra sobresalga con especial originalidad y calidad en el ámbito de la moda. Se recompensará así la meritoria labor del galardonado a través de la concesión de un premio dirigido a destacar su aportación sobresaliente a la cultura y a la creación artística que representa su obra.

En virtud de lo expuesto, dispongo:

Artículo 1 Creación.

Se crea el Premio «Aguja de Oro» del Diseño de Moda, que se convocará con carácter anual, a partir del año 2007.

Artículo 2 Objeto del premio.

El premio se concederá a un creador en el ámbito del diseño de moda en cualquiera de sus manifestaciones cuya obra sobresalga por su originalidad y calidad.

Artículo 3 Candidaturas.
  1. Podrán presentar candidaturas las Academias de Bellas Artes, los Museos que conserven colecciones significativas de indumentaria, los centros de enseñanza de diseño de moda, las asociaciones de profesionales de la moda y de críticos de arte, los autores premiados en anteriores convocatorias, los miembros del Jurado y otras instituciones que, por su naturaleza, fines o contenidos, estén vinculados al diseño de moda.

  2. Las candidaturas, acompañadas de una memoria razonada en la que consten los méritos de los artistas propuestos, así como la documentación gráfica necesaria para el conocimiento y valoración de su obra, se presentarán ante la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura, salvo en el caso de las propuestas por los miembros del jurado que podrán presentarse en la primera reunión del mismo.

Artículo 4...

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