Orden AAA/1069/2012, de 10 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de cultivo y compraventa de tabaco, que regirá para la campaña 2012/2013 (cosecha 2012).

MarginalBOE-A-2012-6775
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de cultivo y compraventa de tabaco, formulada por la Organización Interprofesional del Tabaco de España (OITAB), acogiéndose a los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley y de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de la Industria Alimentaria, a fin de que los solicitantes puedan disponer de un documento acreditativo de la contratación de materia prima ante el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

En su virtud, dispongo:

Primero.

Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, el contrato-tipo de cultivo y compraventa de tabaco que regirá durante la campaña 2012/2013 (cosecha 2012), cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.

Segundo.

El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el de un año a partir de la publicación de la presente Orden.

Madrid, 10 de mayo de 2012.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.

ANEXO

Contrato núm. .............

CONTRATO TIPO DE CULTIVO Y COMPRAVENTA DE TABACO QUE REGIRÁ DURANTE LA CAMPAÑA 2012-2013 (COSECHA 2012)

Variedad……………...........Grupo …...........

En ............................, a ........... de ............................. de 2012

COMPARECEN

De una parte, don ............................................., con D.N.I. n° .....................................

Y, de otra, don ..................................................., con D.N.I. nº .....................................

MANIFIESTAN

El primero actúa en nombre y representación y como Presidente de la Agrupación de Productores, reconocida y autorizada, denominada ..........................................................., con Código de Identificación Fiscal número ................................................ y con domicilio en ..................................................................................., teléfono ..................................., (en adelante el Vendedor), con capacidad para la formalización del presente contrato en base ...........................................

Se incorpora como anexo 1 una lista recapitulativa de los productores afiliados a la agrupación y adscritos al presente contrato, con indicación de las cantidades máximas a entregar por cada uno de los productores.

De acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del artículo 51 del Real Decreto 202/2012 de 23 de Enero, los productores afiliados a esta agrupación de productores no están afiliados a ninguna otra agrupación y cumplen las especificaciones establecidas en el artículo 47 del mismo, circunstancia que deberán acreditar entregando la correspondiente documentación una vez sea esta emitida por la Administración competente.

Por la otra parte actúan en nombre y representación de la empresa de primera transformación reconocida y autorizada, denominada ..................................................., con Código de Identificación Fiscal número ..............................................., con domicilio en...

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