Orden APA/980/2019, de 25 de septiembre, por la que se regula la realización de estudios en materia de agricultura, pesca y alimentación y se crea el Comité Asesor del Programa de Estudios.

MarginalBOE-A-2019-14020
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación realiza, mediante contratos, convenios o encargos a medios propios de la Administración, una amplia labor de estudio, con el fin básico de aumentar el conocimiento de las áreas de su competencia. Dicho conocimiento sirve de apoyo a la toma de decisiones, la planificación, el control y la evaluación de sus políticas y actuaciones, al tiempo que resulta de utilidad para las acciones de otras administraciones y agentes socioeconómicos.

Los estudios del Ministerio se han venido coordinando a través del Programa de Estudios, definido mediante la Orden ARM/3064/2010, de 26 de noviembre, por la que se regula la realización de estudios y se crea el Comité Asesor del Plan de Estudios. Desde la publicación de dicha orden, han tenido lugar cambios de distinta índole, siendo el más relevante la reestructuración de los departamentos ministeriales aprobada por Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, y que conllevó la extinción del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, recayendo parte de las competencias del mismo en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, lo cual hace oportuno actualizar la orden de estudios actualmente vigente.

El Real Decreto 904/2018, de 20 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, dispone en su artículo 10.2.i) que corresponde a la Subsecretaría y, dentro de ella, a la Subdirección General de Análisis, Coordinación y Estadística, la definición de los ejes directrices plurianuales que orientan los estudios del Departamento y la coordinación del Programa de Estudios del Departamento, además de contribuir a la difusión de los mismos. En relación a la difusión, es preciso tener en cuenta lo dispuesto por la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE), así como de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente Orden, además, pretende fomentar la calidad de los estudios mediante la creación de un Comité asesor, cuya naturaleza es la de órgano colegiado, de los previstos en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dado que se le atribuyen funciones de asesoramiento que sirven de base a decisiones de otros órganos administrativos. Asimismo, se pretende favorecer la difusión de los resultados de los estudios y consolidar la constitución de un fondo documental que recoja los mismos.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto.

La presente Orden tiene por objeto regular los objetivos, contenidos e instrumentos de gestión del Programa de Estudios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en materia agraria, pesquera y alimentaria. Asimismo, se crea el Comité asesor del programa de estudios, cuya composición y funciones se establecen en el artículo 10.

Artículo...

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