Orden APA/238/2020, de 12 de marzo, por la que se modifica el Anexo I de la Orden APA/93/2020, de 4 de febrero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el Océano Índico en la campaña 2020.

MarginalBOE-A-2020-3769
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

La Orden APA/93/2020, de 4 de febrero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el océano Índico en la campaña 2020, establece un sistema de limitación de capturas de aplicación exclusiva en la campaña 2020 con el fin de garantizar la sostenibilidad del recurso, permitiendo al mismo tiempo una adecuada planificación a la flota que opera en este caladero.

De acuerdo con el apartado 2 del artículo 2 de la citada orden, se permite excepcionalmente, al inicio de la temporada y no más tarde del 31 de enero, solicitar un ajuste de los límites definidos en el apartado 1, por una sola vez y hasta un máximo del 10 % entre empresas armadoras que modifique el anexo I. Dicha modificación debe publicarse por orden, en el «Boletín Oficial del Estado». El límite individual asignado de capturas del conjunto de los tres túnidos se debe adaptar en consecuencia.

En este sentido, con fecha 8 de enero de 2020, se presentó escrito en la Secretaría General de Pesca por el que se solicita un ajuste de los límites de captura entre dos empresas que no supone un ajuste superior al 10 % del límite establecido en la Orden APA/93/2020, de 4 de febrero, que requiere la modificación de su anexo I. Analizado su contenido, en virtud de las competencias de este Ministerio y dado el cumplimiento de la habilitación para modificar el anexo de la citada orden, se procede ahora a dictar el presente acto modificativo del anexo I.

Asimismo, se ha realizado la audiencia a las comunidades autónomas y al sector pesquero afectado y se ha sometido al procedimiento de información pública.

En su virtud, acuerdo:

Primero. Modificación del anexo I de la Orden APA/93/2020, de 4 de febrero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el océano Índico en la campaña 2020.

En virtud de su artículo 2.2, se modifica el anexo I (Lista de Atuneros Cerqueros Congeladores incluidos en el Plan de Pesca del océano Índico para la campaña 2020 con sus correspondientes límites de capturas) de la Orden APA/93/2020, de 4 de febrero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de rabil y túnidos tropicales en el océano Índico en la campaña 2020, que queda redactado con el siguiente contenido:

ANEXO I. Lista de atuneros cerqueros congeladores incluidos en el plan de pesca del océano Índico para la campaña 2020 con sus correspondientes límites de capturas

Nombre GT Limite captura de rabil en kilos 2020 Limite captura de
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