Orden APA/236/2021, de 1 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Jacumar de investigación en acuicultura.

MarginalBOE-A-2021-4122
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

El Reglamento (UE) n.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la Política Pesquera Común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1954/2003 y (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 2371/2002 y (CE) n.º 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo, establece entre sus objetivos para la acuicultura promover la competitividad del sector y el apoyo a su desarrollo e innovación.

La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, en el artículo 3.l), establece que uno de sus fines es fomentar la investigación oceanográfica y pesquera. Asimismo en el artículo 85 se dispone que la investigación pesquera y oceanográfica, en el ámbito de la política de pesca marítima, tiene como objetivos esenciales, entre otros, el desarrollo de la acuicultura.

El Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, asigna las competencias en materia de acuicultura a la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura.

La coordinación de las actividades desarrolladas por las comunidades autónomas en materia de acuicultura corresponde a la Junta Nacional Asesora de Cultivos Marinos (Jacumar), que fue creada por la Ley 23/1984, de 25 de junio, de Cultivos Marinos.

Para el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Premio Jacumar constituye un instrumento esencial de promoción y apoyo a la investigación en el sector de la acuicultura, que con sus sucesivas convocatorias a lo largo de los años ha promovido con éxito al desarrollo de proyectos de investigación e innovación en este sector.

El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras del Premio Jacumar de investigación en acuicultura, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con ello reforzar la competitividad del sector a través de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, así como el estrechamiento de las relaciones entre la comunidad científica y el sector productor, especialmente en el ámbito de las PYMES, así como lograr un mejor posicionamiento de los productos acuícolas en los mercados, a través de mejoras en aspectos medioambientales, sociales, de protección de los consumidores y bienestar animal, entre otros, lo que en todo caso se verá favorecido con el fomento de la investigación.

La presente Orden viene a substituir a la Orden ARM/986/2011, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Jacumar de investigación en acuicultura, y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura, con respecto de la cual se ha procedido a una revisión general para reducir las cargas administrativas y reforzar la seguridad jurídica, y se ha suprimido una de las líneas entonces existentes que se considera ya obsoleta y llevaba años sin convocarse.

En la elaboración de esta Orden se han observado los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los principios de necesidad y eficacia puesto que la norma resulta el instrumento más indicado para los intereses que se persiguen; el principio de proporcionalidad ya que contiene la regulación imprescindible para atender a las necesidades que se pretenden cubrir; y el principio de seguridad jurídica ya que es coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea. Por lo demás, la norma es coherente con los principios de eficiencia, en tanto que la norma asegura la máxima eficacia de sus postulados con los menores costes posibles inherentes a su aplicación, y transparencia al haberse garantizado una amplia participación en su elaboración.

Dada la singularidad e importancia de la regulación del presente premio y la previsión de llevar a cabo su convocatoria a la mayor brevedad posible, esta norma se aprueba sin que se haya incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones vigente del Departamento.

Esta Orden se dicta al amparo del artículo 149.1.15.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

En la elaboración de esta Orden se ha consultado a las comunidades autónomas y las entidades representativas del sector de la acuicultura.

Asimismo, se han recabado informes de la Intervención Delegada, la Oficina Presupuestaria y la Abogacía del Estado en el Departamento.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto.

Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras del Premio Jacumar de investigación en acuicultura, en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y eficacia y eficiencia establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 2  Beneficiarios.

Podrán optar al Premio Jacumar de investigación en acuicultura todos los equipos de investigación o personas físicas individuales que efectúen sus trabajos en centros de investigación, públicos o privados, ubicados en España.

Artículo 3  Requisitos de los trabajos presentados.
  1.  Los trabajos presentados han de cumplir los siguientes...

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