Orden APA/1081/2020, de 18 de noviembre, sobre elecciones en la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores.

MarginalBOE-A-2020-14684
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, regula en el título II las Cofradías de Pescadores y en el artículo 47 dispone que existirá una Federación Nacional de Cofradías de Pescadores en la que podrán integrarse las Cofradías de Pescadores, así como sus Federaciones.

En los Estatutos de la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores se establece que el mandato de los cargos electos para sus órganos representativos tendrá una duración de cuatro años.

Teniendo en cuenta la proximidad de la finalización del mandato de los cargos electos para los órganos representativos de la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores, cuyas últimas elecciones se convocaron por Orden APM/186/2017, de 24 de febrero, y una vez consultada dicha Federación Nacional, procede regular la convocatoria de un nuevo proceso electoral.

En su virtud, dispongo:

Primero. Convocatoria y calendario electoral.

  1.  La presente orden tiene por objeto regular la convocatoria de elecciones para la renovación de los cargos electos a los órganos representativos de la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores.

  2.  Las elecciones se celebrarán en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la publicación de esta orden, a propuesta de la Comisión Permanente y del Comité Ejecutivo y de conformidad con lo previsto en los Estatutos de la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores.

    Segundo. Remisión de documentación.

  3.  Una vez elaborados el plan y el calendario electoral por la Comisión Electoral Nacional y...

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