Orden AAA/853/2016, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

MarginalBOE-A-2016-5387
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, compendia en un solo instrumento, por razones de seguridad jurídica y de transparencia en la actuación administrativa, todo el régimen de delegación de los órganos superiores y directivos del departamento.

Estando vacante el cargo de Secretario General Técnico hasta la constitución de un nuevo Gobierno que proceda al nombramiento del nuevo titular, se ha procedido mediante la Orden AAA/28/2016, de 18 de enero, a modificar la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, de forma que las competencias que tenía el Secretario General Técnico en materia de gasto público por delegación de los órganos superiores y directivos del departamento se han asumido por el Subsecretario. Para ello, se dejó sin efecto la delegación en el Secretario General Técnico de las competencias, en materia de gasto público, a que se refieren los apartados 1 y 3 del capítulo I, suprimiéndose la mención del Secretario General Técnico en el punto 4 del anexo. Sin embargo, a la vista de la experiencia adquirida, por razones de eficiencia y de agilización de procedimientos técnicos, se considera preferible mantener la delegación por razón de cuantía en el Subsecretario para aquellos expedientes de gastos que superen los 2.000.000 euros delegándose hasta este límite en los subdirectores generales correspondientes de la Secretaría General Técnica.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la referida disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, se procede a modificar la Orden 828/2012, de 20 de abril, en la forma que se expresa a continuación:

Primero.

Las competencias en materia de gasto público a que se refieren los apartados 1 y 3 del capítulo I de la Secretaría General Técnica quedan delegadas en el Subdirector General de Relaciones Internacionales y Asuntos Comunitarios, en el Subdirector General de Estadística y en el Jefe de Estudios y...

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