Orden AAA/1024/2016, de 15 de junio, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria para actividades de comunicación y de promoción en los mercados interior y exterior; estudios sobre la demanda del consumidor nacional, la estructura de la producción y la cadena de valor, así como para acciones relacionadas con la unión de la cadena de la carne de vacuno durante un período de dos años.

MarginalBOE-A-2016-6185
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, establece que adoptado un acuerdo en el seno de una organización interprofesional agroalimentaria, relativo a actividades relacionadas con las finalidades definidas en el artículo 3 de dicha ley que cuenten con un determinado nivel de respaldo, podrán extenderse al conjunto de productores y operadores del sector o producto.

Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, permite que, en el caso de extensión de norma al conjunto de productores y operadores implicados en un sector, se pueda repercutir a los mismos, exclusivamente, el coste directo de las acciones, sin discriminación entre los miembros de la organización interprofesional y los productores y operadores no miembros.

La Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, PROVACUNO, constituida el 24 de septiembre de 2014, con estatutos depositados en el Registro del Ministerio del Interior, adquiriendo personalidad jurídica al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, fue reconocida como organización interprofesional agroalimentaria del sector vacuno de carne por Orden AAA/2501/2014, de 23 de diciembre, conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.

La Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, PROVACUNO, ha propuesto la extensión de normas al conjunto del sector, con aportación económica obligatoria, para realizar acciones de promoción en los mercados interior y exterior, comunicación, estudios sobre las demandas del consumidor nacional, la estructura de la producción y la cadena de valor y acciones relacionadas con la unión de la cadena de la carne de vacuno durante un período de dos años.

El acuerdo extendido por la presente orden afecta a las materias relacionadas en las letras a), b), f) y g) del artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre y abarca dos campañas: 2016/2017 y 2017/2018, siendo las acciones a realizar de interés económico general para todo el sector, ya que producirán un efecto económico positivo de incremento de la demanda, beneficiando por igual a los agentes económicos integrados en la organización interprofesional y a los que no pertenecen a esta.

La Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, PROVACUNO, aprobó por unanimidad, en Asamblea General de 17 de diciembre de 2015, el acuerdo objeto de la presente extensión, cumpliendo las exigencias de representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, dado que tanto los porcentajes de representatividad acreditados por la organización interprofesional en el momento de su reconocimiento, como los reflejados en el expediente de solicitud, de acuerdo con los últimos datos que la interprofesional ha suministrado, superan los mínimos exigidos.

Mediante Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria de 14 de enero de 2016, se sometió al trámite de información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, de conformidad con el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de...

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