CORRECCIÓN de errores de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y lista europea de residuos.
Marginal | BOE-A-2002-4922 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Medio Ambiente |
Rango de Ley | Corrección |
Advertidos errores en el texto de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 43, de 19 de febrero de 2002, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 6494, columna derecha, tercer párrafo, donde dice: «...las Decisiones comunitarias 94/3/CE, de la Comisión, de 20 de diciembre, y 99/404/CE, del Consejo, de 22 de diciembre.».
Debe decir: «... las Decisiones comunitarias 94/3/CE, de la Comisión, de 20 de diciembre, y 94/904/CE, del Consejo, de 22 de diciembre.»
En la página 6496, se transcribe el texto íntegro del anejo 2, Introducción, letra A):
ANEJO 2. Lista europea de residuos de conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE sobre residuos y con el apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91 /689/CEE sobre residuos peligrosos (aprobada por la Decisión 2000/532/CE, de la Comisión, de 3 de mayo, modificada por las Decisiones de la Comisión, 2001/118/CE, de 16 de enero, y 2001/119, de 22 de enero, y por la Decisión del Consejo, 2001/573,
de 23 de julio)
Introducción
A) Se considera que los residuos clasificados como peligrosos presentan una o más de las características enumeradas en el anexo III de la Directiva 91/689/CEE y, en lo que respecta a las características H3 a H8, H 10 (1) y H 1 1 de dicho anexo, una o más de las siguientes propiedades:
Punto de inflamación _<55 °C. Contener una o más sustancias clasificadas (2) como muy tóxicas en una concentración total >_ 0,1 por 100; contener una o más sustancias clasificadas como tóxicas en una concentración total >_ 3 por 100; contener una o más sustancias clasificadas como nocivas en una concentración total >_ 25 por 100; contener una o más sustancias corrosivas clasificadas como R35 en una concentración total >_ 1 por 100; contener una o más sustancias corrosivas clasificadas como R34 en una concentración total >_ 5 por 100; contener una o más sustancias irritantes clasificadas como R41 en una concentración total >_ 10 por 100; contener una o más sustancias irritantes clasificadas como R36, R37 ó R38 en una concentración total >_ 20 por 100; contener una sustancia que sea un cancerígeno conocido de la categoría 1 ó 2 en una concentración >_ 0,1 por 100; contener una sustancia que sea un cancerígeno conocido de la categoría 3 en una concentración >_ 1 por 100; contener una sustancia tóxica para la reproducción de...
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