Corrección de errores del Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado.

MarginalBOE-A-2010-15027
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 132, de 1 de junio de 2009, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 45773, artículo 12.3, Parte 5, letra b), donde dice «conforme a lo dispuesto en la disposición final primera», debe decir «conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera».

En las páginas 45876 y 45877, en el Volumen I, Aeródromos, de las Normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público, se sustituye la redacción dada al apartado 5.4.2.17, por la siguiente redacción:

5.4.2.17 Donde sea apropiado, se usarán las siguientes inscripciones o símbolos:

Inscripción/símbolo Finalidad
Designación de extremo de pista. Para indicar todo punto de espera de la pista situado en un extremo de la pista.
Designación de ambos extremos de una pista. Para indicar todo punto de espera de la pista emplazado en otras intersecciones de calle de rodaje/pista o intersecciones pista/pista.
25 CAT I (Ejemplo). Para indicar un
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