ACUERDO referente al módulo D del curso de formación destinado a candidatos a Inspectores y Ayudantes de Inspección de la OPAQ entre la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) y la Autoridad Nacional de España para la Prohibición de las Armas Químicas (ANPAQ), firmado en Madrid el 12 de mayo de 1998.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Mayo de 1998
MarginalBOE-A-1998-19572
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyAcuerdo

Acuerdo referente al módulo D del curso de formación destinado a candidatos a Inspectores y Ayudantes de Inspección de la OPAQ entre la Autoridad Nacional de España para la Prohibición de las Armas Químicas (en adelante, ANPAQ) y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (en adelante, OPAQ), referente al módulo D, en materia de inspecciones de prueba in situ, para el grupo B de formación de candidatos a Inspectores y Ayudantes de Inspección de la OPAQ (en adelante, «cursillistas»)

Artículo I Objeto.

El presente Acuerdo tiene por objeto proporcionar el marco necesario para la realización del curso de formación de módulo D en materia de inspecciones de prueba in situ destinado a candidatos al Cuerpo de Inspección, y definir las obligaciones comunes de las Partes en el presente Acuerdo.

Todas las comunicaciones y notificaciones relacionadas con el presente Acuerdo se realizarán entre las partes por intermedio de los puntos de contacto designados siguientes:

  1. Por España:

    Don Félix Valdés. Representación Permanente de España ante la OPAQ. La Haya.

    Don Jaime Alejandre. Secretario general de la Autoridad Nacional de España. Ministerio de Industria y Energía. Madrid.

  2. Por la OPAQ: Jefe de la Subdivisión de Formación y Perfeccionamiento del Personal. División de Administración. Secretaría Técnica/OPAQ. La Haya.

Artículo II Responsabilidades de la ANPAQ.

La ANPAQ se compromete a:

  1. Organizar logísticamente el curso de formación en materia de inspecciones de prueba en las fechas e instalaciones adecuadas que a continuación se señalan:

    1. Bayer Hispania en Tarragona, del 19 al 22 de mayo de 1998.

    2. Repsol Química en Tarragona, del 25 al 28 de mayo de 1998.

  2. Aceptar para la formación veinte cursillistas en la instalación1y19cursillistas en la instalación 2, designados por la OPAQ, para que participen en el curso de formación antes señalado.

  3. Aceptar como facilitadores en las instalaciones de formación hasta tres funcionarios designados de la OPAQ.

  4. Proporcionar los visados necesarios para los cursillistas y funcionarios designados en el momento debido; en caso de que la ANPAQ rehusara a aceptar algún cursillista por razones de seguridad, informará a la OPAQ de tal decisión no más tarde de quince días después de haber recibido la lista de cursillistas.

  5. Designar el aeropuerto internacional de Barcelona como el punto de entrada y de salida, exclusivamente para el desarrollo de las actividades referidas en este Acuerdo, y agilizar los trámites legales de entrada y salida en España a todos los cursillistas y los funcionarios designados de la OPAQ, así como de sus equipos personales.

  6. Proporcionar licencia de aduana para la importación y reexportación libre de impuestos y gravámenes de los materiales y equipos destinados al curso de formación.

  7. Velar por la disponibilidad de instalaciones médicas adecuadas y, si fuese necesario, de asistencia médica básica y de urgencia a los cursillistas y funcionarios designados de la Secretaría.

  8. Notificar al Jefe de la Subdivisión de Salud y Seguridad Física de la OPAQ cualquier modificación apreciable en cuanto al estado físico y de salud de un cursillista (el estado de su sistema respiratorio, cardíaco, etc.). Toda la información médica deberá ser objeto de un trato confidencial, y la transmisión de información entre el...

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