Real Decreto 313/2001, de 23 de marzo, por el que aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2001.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Marzo de 2001
MarginalBOE-A-2001-5823
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

El marco que delimita las incorporaciones de nuevos efectivos en el año 2001, con carácter general para todo el personal al servicio del sector público, se define en el artículo 22 de la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2001,

a disponer que las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, así como que el número de plazas de nuevo ingreso será inferior al 25 por 100 de la tasa de reposición de efectivos. De este último criterio se exceptúa al Cuerpo de la Guardia Civil, dado su carácter de servicio público esencial y con objeto tanto de asegurar el adecuado desempeño de sus misiones tradicionales como de posibilitar la permanente diversificación de sus actividades.

Las singularidades del Cuerpo de la Guardia Civil hacen aconsejable la elaboración de un Real Decreto específico para su oferta de empleo público del año 2001, ello sin perjuicio de que las plazas correspondientes a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil se aprueben, como es tradicional, conjuntamente con la provisión anual de plazas de las Fuerzas Armadas.

Esta oferta de empleo público se enmarca en un plan de recursos humanos para el período 2001-2004, cuyo desarrollo está condicionado ala adopción de una serie de medidas de política de personal, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera del presente Real Decreto.

La Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, regula la provisión anual de plazas del Cuerpo de la Guardia Civil, en la que se determinará las correspondientes a los centros docentes de formación, especificando los cupos que correspondan a los distintos sistemas de acceso.

En su virtud, a iniciativa conjunta de los Ministerios de Defensa y del Interior, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, con el informe favorable del Ministerio de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de marzo de 2001,

Dispongo

Artículo 1 Aprobación de la oferta de empleo público.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2001, se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2001 en los términos que se establecen en este Real Decreto.

Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente oferta de empleo público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública y sólo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas.

Artículo 2 Ingreso directo en el Cuerpo de la Guardia civil.

Se autoriza la convocatoria de 2.280 plazas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

Artículo 3 Reserva de plazas en la Escala de Cabos y Guardias.

Del total de 2.280 plazas convocadas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias, autorizadas en el artículo anterior, se reservan 1.368 a los militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos tres años de servicios efectivos como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27.3 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil. Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería no cubiertas por cualquier motivo podrán acumularse, hasta un máximo del 50 por 100, al cupo de plazas libres.

Para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes se reservarán 250 plazas que, de no cubrirse, se acumularán al cupo de plazas libres.

Artículo 4 Promoción interna en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Se autoriza la convocatoria para ingreso en los centros docentes de formación de la Guardia Civil mediante promoción interna de 100 plazas en la Escala de Oficiales y 400 plazas en la Escala de Suboficiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la citada Ley 42/1999, de 25 de noviembre.

Los aspirantes a estas plazas deberán reunir las condiciones exigidas en la normativa vigente en la fecha en que finalice el plazo de admisión de solicitudes que se fije en la respectiva convocatoria.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Plan de recursos humanos 2001-2004.

Con el objetivo de frenar el envejecimiento y consiguiente reducción de sus plantillas, así como atender las nuevas necesidades que surgen en el ámbito de la seguridad, la Dirección General de la Guardia Civil ha desarrollado un plan de recursos humanos para el período 2001-2004. En él se establecen las necesidades de efectivos y las plazas a cubrir en las próximas convocatorias anuales de oferta de empleo público para la Escala de Cabos y Guardias. Dicho plan, que debe ajustarse a la estructura de los centros de formación, se concreta en cubrir anualmente a lo largo del período señalado un total de 2.280 plazas como máximo y siempre y cuando no se sobrepase la cifra de 72.516.

Dentro de este plan se habrán de incluir la adopción de medidas legislativas que modifiquen las condiciones de pase a la reserva de la plantilla actual de la Escala Básica de Cabos y Guardias, la elaboración de un plan de racionalización y reordenación de la plantilla del Cuerpo de la Guardia Civil, el análisis de las cargas de trabajo y su distribución, así como actuaciones que permitan incorporar personal civil para realizar tareas burocráticas. El desarrollo del plan en los ejercicios posteriores al de 2001 estará condicionado a que se adopten las medidas enunciadas.

Disposición adicional segunda Difusión de las convocatorias de pruebas selectivas.

Con objeto de ampliar la difusión de las distintas convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente oferta de empleo público, el Ministerio del Interior incluirá en su página «web» en la red internet una dirección dedicada a procesos selectivos, en la que recogerá de la manera más completa posible, cada una de las convocatorias y los actos que se deriven de ellas.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 23 de marzo de 2001.

Juan Carlos R.

El Ministro de Administraciones Públicas,

Jesús Posada Moreno

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