REAL DECRETO 217/2003, de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2003.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Febrero de 2003
MarginalBOE-A-2003-3712
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

El marco que delimita las incorporaciones de nuevos efectivos en el año 2003, con carácter general para todo el personal al servicio del sector público, se define en el artículo 20 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, al disponer que el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público será, como máximo, igual al 100 por cien de la tasa de reposición de efectivos y que estas plazas se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios esenciales. De este límite máximo se exceptúa al Cuerpo de la Guardia Civil, dado su carácter de servicio público esencial y con objeto tanto de asegurar el adecuado desempeño de sus misiones tradicionales como de posibilitar la permanente diversificación de sus actividades.

Las singularidades del Cuerpo de la Guardia Civil, referidas a la necesidad de mantener su despliegue territorial, junto a una creciente demanda de especialización de sus efectivos, hacen aconsejable la elaboración de un real decreto específico para su oferta de empleo público del año 2003, sin perjuicio de que las plazas correspondientes a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil se aprueben, como es tradicional, conjuntamente con la provisión anual de plazas de las Fuerzas Armadas.

Esta oferta de empleo público se enmarca en el plan de recursos humanos para el período 2001-2004, que fue aprobado por el Real Decreto 313/2001, de 23 de marzo, y en su necesaria adaptación tras la adopción de las medidas de política de personal a las que se aludía en su disposición adicional primera , cuyo desarrollo está condicionado a la adopción de una serie de medidas de política de personal, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera de este real decreto.

La Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, regula la provisión anual de plazas del Cuerpo de la Guardia Civil, en la que se determinará las correspondientes a los centros docentes de formación, especificando los cupos que correspondan a los distintos sistemas de acceso.

En su virtud, a iniciativa conjunta de los Ministerios de Defensa y del Interior, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, con el informe favorable del Ministerio de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de febrero de 2003,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Aprobación de la oferta de empleo público.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2003 en los términos que se establecen en este real decreto.

Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente oferta de empleo público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública y sólo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas.

Artículo 2 Ingreso directo en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Se autoriza la convocatoria de 2.400 plazas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

Artículo 3 Reserva de plazas en la Escala de Cabos y Guardias.

Del total de 2.400 plazas convocadas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias autorizadas en el artículo anterior, se reservan 1.440 a los militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos

tres años de servicios efectivos como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27.3 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil. Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería no cubiertas por cualquier motivo podrán acumularse, hasta un máximo del 50 por ciento, al cupo de plazas libres.

Para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes se reservarán 250 plazas que, de no cubrirse, se acumularán al cupo de plazas libres.

Artículo 4 Promoción interna en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Se autoriza la convocatoria para ingreso en los centros docentes de formación de la Guardia Civil mediante promoción interna de 100 plazas en la Escala de Oficiales y 400 plazas en la Escala de Suboficiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la citada Ley 42/1999, de 25 de noviembre.

Los aspirantes a estas plazas deberán reunir las condiciones exigidas en la normativa vigente en la fecha en que finalice el plazo de admisión de solicitudes que se fije en la respectiva convocatoria.

Artículo 5 Acceso a las Escalas Facultativas del Cuerpo de la Guardia Civil.

Se autoriza la convocatoria para ingreso en los centros docentes de formación de la Guardia Civil mediante el sistema de cambio de Escala, de 25 plazas en la Escala Facultativa Superior y 20 plazas de la Escala Facultativa Técnica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, según se recoge en el anexo de este real decreto.

Los aspirantes a estas plazas deberán reunir las condiciones exigidas en la normativa vigente en la fecha en que finalice el plazo de admisión de solicitudes que se fije en la respectiva convocatoria.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Plan de recursos humanos 2001-2004.

La presente oferta de empleo público se inscribe en el marco del Plan de recursos humanos de la Dirección General de la Guardia Civil para el período 2001-2004.

A efectos de intensificar las actuaciones previstas en dicho Plan, durante el año 2003 se procederá, en colaboración con los Ministerios de Administraciones Públicas y de Hacienda, al estudio tanto de la actual plantilla como de su distribución en función de las cargas de trabajo, para su adecuado dimensionamiento.

Asimismo, y con el fin de optimizar los recursos disponibles del Cuerpo de la Guardia Civil, se procederá a delimitar los puestos de naturaleza administrativa para la sustitución progresiva de funcionarios de dicho cuerpo que actualmente desempeñan puestos de esta naturaleza por funcionarios de cuerpos generales y personal en situación de reserva.

En función de los resultados de estos análisis, la Secretaría de Estado de Seguridad definirá los cupos de pase a la situación de reserva a petición propia.

Las ofertas de empleo público que se autoricen en los próximos años de vigencia del Plan estarán condicionadas a la adopción de las medidas derivadas de los estudios mencionados y complementarán sus resultados.

Disposición adicional segunda Difusión de las convocatorias de pruebas selectivas.

Con objeto de ampliar la difusión de las distintas convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente oferta de empleo público, el Ministerio del Interior incluirá en su página "web" en la red internet una dirección dedicada a procesos selectivos, en la que recogerá, de la manera más completa posible, cada una de las convocatorias y los actos que se deriven de ellas.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid, a 21 de febrero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administraciones Públicas,

JAVIER ARENAS BOCANEGRA

ANEXO. Escala Facultativa Superior

Titulación universitaria Número de plazas

Licenciado en psicología ... .. ... .. ... .. ... .. ... 12

Licenciado en biología ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. 5

Licenciado en química ... .. ... .. ... .. ... .. ... .. 3

Licenciado en veterinaria .. .. ... .. ... .. ... .. ... 1

Licenciado en medicina . ... .. ... ... .. ... .. ... .. 1

Licenciado en física .. ... .. ... ... .. ... .. ... .. ... . 1

Licenciado en ciencias de la educación .. ... . 2

Total . .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. .. 25

Escala Facultativa Técnica

Titulación universitaria Número de plazas

Ingeniero Técnico en Informática . .. ... .. ... .. 8

Diplomado en Enfermería .. .. ... .. ... .. ... .. ... 8

Ingeniero Técnico Industrial ... .. ... ... .. ... .. . 4

Total . .. ... .. ... .. ... .. ... .. ... ... .. ... .. .. 20

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