Resolución de 22 de mayo de 2008, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la relación definitiva de aspirantes que han obtenido plaza en el proceso selectivo para ingreso, como personal laboral fijo, por el sistema general de acceso libre, en las categorías de Diplomado Universitario (ATS/DUE) grupo profesional 2; Analista de Laboratorio grupo profesional 3-B; Oficial 2.ª de Oficios grupo profesional 4-A; Arrumbador grupo profesional 4-B; Ordenanza y Mozo grupo profesional 5, convocado por Resolución de 10 de mayo de 2007.

MarginalBOE-A-2008-10827
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador esta Presidencia ha resuelto:

Primero.-Hacer pública la relación de aspirantes de las categorías de Arrumbador grupo profesional 4-B; Ordenanza y Mozo grupo profesional 5 que han obtenido plaza en el proceso selectivo y que figura como Anexo I de esta Resolución. Dicha relación deberá ser expuesta, en todo caso, en los Servicios Centrales, Delegaciones Especiales, Delegaciones y Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas.

Segundo.-De conformidad con lo previsto en la base 8.2 de la convocatoria, los aspirantes que han obtenido plaza dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar, en el Departamento de Recursos Humanos, Subdirección Adjunta para Selección de Personal, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, calle Lérida, 32-34, 28020 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la siguiente documentación:

  1. Autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 522/2006 y la Orden PRE/3949/2006, para realizar la consulta de identificación personal a través del sistema de verificación de datos de identidad, según el modelo que figura como Anexo II a esta Resolución. En caso de no autorizar la consulta deberá aportar fotocopia del documento nacional de identidad.

  2. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar los requisitos exigidos en la base 2.1.1 apartados b) y/o c) de la convocatoria.

  3. Si se es menor de 18 años autorización del padre o tutor para poder contratar.

  4. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 de la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título, o título académico de nivel superior al exigido en la convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá aportarse fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación.

  5. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo III a esta Resolución.

    Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán declarar, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública según el modelo que figura como Anexo IV a esta Resolución.

  6. Los aspirantes que hayan accedido por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

    Asimismo deberán solicitar, en su caso, de conformidad con los artículo 9 y 10 del capítulo IV del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, «BOE» del 17, la alteración de orden de prelación para la elección de plazas por motivos debidamente acreditados y/o adaptación del puesto o puestos de trabajo correspondientes, adjuntando informe expedido por el órgano competente en esta materia que acredite la necesidad de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de funciones que tenga atribuido el puesto o puestos solicitados.

    Tercero.-Durante el mismo plazo de veinte días que se señala en el apartado anterior, los opositores que han obtenido plaza deberán hacer petición de destino a la vista de la relación de vacantes que se ofertan en los Anexos I-D (Arrumbador), I-E (Ordenanza) y I-F (Mozo) de la convocatoria, empleando, a tal efecto, copia del impreso que figura como anexo III de la Resolución de convocatoria (deberán solicitar tantas plazas como número de orden obtenido en la oposición y 5 más).

    Contra la presente Resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

    Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Madrid, 22 de mayo de 2008.-El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director de la Agencia Estatal de...

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