Resolución de 22 de septiembre de 2005, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el resumen de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2004.

MarginalBOE-A-2005-16690
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorConsejo de Seguridad Nuclear
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2005, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el resumen de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2004.

En base a lo establecido en la Orden del Ministerio del Ministerio de Economía y Hacienda 777/2005 de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de cuentas anuales de los organismos públicos a los que es de aplicación la instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado, esta Presidencia resuelve:

Publicar el resumen del contenido de las cuentas anuales del Consejo de Seguridad Nuclear correspondientes al ejercicio 2004.

Madrid, 22 de septiembre de 2005.La Presidenta, María-Teresa Estevan Bolea.

Sr. Secretario General del Consejo de Seguridad Nuclear.

MEMORIA ORGANIZATIVA

El Consejo de Seguridad Nuclear (C.S.N.) es un Ente de Derecho Público, de los incluidos en la disposición adicional décima de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, independiente de la Administración Central del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Estado.

El Consejo fue creado por la Ley 15/1.980, de 22 de abril, como único Organismo competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica.

Las funciones que se atribuyen al C.S.N., están definidas en el artículo segundo de la Ley de creación, modificado por la disposición adicional primera de la Ley 14/1999 de 4 de mayo, y cabe destacar las siguientes:

  1. Reglamentaciones: El Consejo de Seguridad Nuclear propone al Gobierno las reglamentaciones necesarias en materia de seguridad nuclear y protección radiológica. En ellas se incluye el establecimiento de criterios objetivos para la selección de emplazamientos de Instalaciones Nucleares y Radiactivas de primera categoría, previo informe de las Comunidades Autónomas.

    Asimismo, puede elaborar y aprobar las instrucciones, circulares y guías de carácter técnico relativas a las instalaciones nucleares y radiactivas y las actividades relacionadas con la seguridad nuclear y protección radiológica.

  2. Autorizaciones: El Consejo de Seguridad nuclear emite al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio informes preceptivos, previos a las resoluciones que éste adopte en materia de:

    Concesión de autorizaciones para las instalaciones nucleares y radiactivas, los transportes de sustancias nucleares o materiales radiactivos, la fabricación y homologación...

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