Resolución de 28 de marzo de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Alzira don Francisco Cantos Viñals, contra la negativa del titular del Registro de la Propiedad de dicha localidad, a inscribir una escritura de declaración de obra nueva en construcción y división en régimen de propiedad horizontal mediante ejercicio de un derecho de vuelo.

MarginalBOE-A-2008-6771
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el recurso interpuesto por el Notario de Alzira don Francisco Cantos Viñals contra la negativa del titular del Registro de la Propiedad de dicha localidad, don Miguel María Molina Castellá, a inscribir una escritura de declaración de obra nueva en construcción y división en régimen de propiedad horizontal mediante ejercicio de un derecho de vuelo.

Hechos

I

Mediante escritura autorizada por el Notario de Alzira don Francisco Cantos Viñals el 27 de julio de 2007, la sociedad «Promociones y Construcciones Soler, S.L.», ejercitando un derecho de vuelo reflejado en la inscripción cuarta de la finca registral 4082-duplicado, la matriz del inmueble dividido horizontalmente, y que recaía físicamente sobre la entidad uno de aquel (finca registral número 21321), declaró un edificio en construcción y modificó la propiedad horizontal inicial ampliándola de tres entidades independientes a cuarenta, al tiempo que redistribuía la cuota de la entidad uno entre las nuevas que se creaban.

La reserva del derecho de vuelo, constituido en su día por los propietarios de las tres entidades iniciales del inmueble, consta inscrita así en el Registro: «... sobre el local almacén número uno, sobre la superficie descubierta de seiscientos treinta y dos metros cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, y que es la que está lindante a la calle antigua del Ferrocarril, se reserva a favor de los primeros señores... el derecho a elevar una o más plantas, total o parcialmente, incluso segregar y agregar las que en cada momento determine el planeamiento y disposiciones vigentes, en una o más veces, fijando la cuota en base a la superficie útil en relación con el total inmueble, redistribuyendo las cuotas que existen sobre el 100%, que desde hoy todos consienten y lo valoran en...».

II

Presentado dicho título en el mencionado Registro de la Propiedad fue objeto de la siguiente calificación:

... Defecto: Se requiere la conformidad de los dueños de los departamentos DOS y TRES del edificio, al estar constituido el mismo en régimen de propiedad horizontal, y declararse la obra nueva y división horizontal en esta escritura sobre el departamento UNO, modificándose por tanto el título constitutivo de la propiedad horizontal ya existente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS: Artículos 5, 7, 8, 12 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, así como diferentes resoluciones de la DGRN.

Alzira, 1 de octubre de 2007. El Registrador [Firma ilegible]...

.

III

El Notario autorizante de la...

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