Resolución de 6 de noviembre de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles XI de Madrid, por la que se rechaza la solicitud de depósito de cuentas.

MarginalBOE-A-2013-12959
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el recurso interpuesto por don L. M. R. B., abogado, en nombre y representación y en su calidad de secretario del consejo de administración de la compañía «Cañada Real Open Nature, S.L.», contra la nota de calificación extendida por el registrador Mercantil y de Bienes Muebles XI de Madrid, don Francisco Javier Llorente Vara, por la que se rechaza la solicitud de depósito de cuentas.

Hechos

I

Por la sociedad recurrente se presentan en el Registro Mercantil de Madrid los documentos relativos al depósito de cuentas correspondiente al ejercicio cerrado el día 31 de diciembre de 2011, siendo objeto de la siguiente nota de calificación: «Registro Mercantil de Madrid Depósitos de cuentas Previo examen y calificación del documento precedente y de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil y habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15.2 de dicho Reglamento, se resuelve no practicar el depósito de cuentas por haber observado el/los siguiente/s defecto/s que impiden su práctica: Cañada Real Open Nature SL Presentación: 33.878,0/2013 Asiento: 50.799/31 Fecha: 10/07/2013 Ejercicio: 2011 - Debe aportarse un ejemplar del informe emitido por el auditor independiente nombrado por este Registro Mercantil de conformidad con el artículo 265 de la lsc; art 366 y 378 RRM (RDGRN 31/08/07, 1/09/07, 30/09/08, 26/09/09 y 3/07/09, entre otras). - Debe aportarse un ejemplar del informe de gestión (art.262 LSC, 279 LSC y 366 RRM) documento original, y firmado por el certificante. No figura inscrito en este Registro el cargo del presidente que da el visto bueno (en la fecha de expedición de la certificación). Art. 109 del R. R. M. - Para poder efectuar el depósito de las cuentas de este ejercicio social, deberá previamente efectuarse el depósito de los ejercicios anteriores. (Art. 378 RRM y RDGRN de 26 de mayo 2009 y 25 de marzo 2011 entre otras) - La hoja de esta sociedad permanecerá temporalmente cerrada hasta que se encuentren depositadas las cuentas anuales. (Art. 378 RRM y RDGRN, entre otras, de 26 de mayo 2009 y 25 de marzo 2011) Este documento (…) Madrid, a 12 de Julio de 2013 El registrador».

II

Contra la anterior nota de calificación, don L. M. R. B., abogado, en nombre y representación y en su calidad de secretario del consejo de administración de la compañía «Cañada Real Open Nature, S.L.», interpone recurso exclusivamente contra el primer punto de acuerdo de calificación, en virtud...

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