Decreto 68/2012, de 27 de abril, por el que se declara el 'Conjunto de Huerta, Noria y Cocedero de Altramuces', en la finca 'La Cabra', en el término municipal de Monesterio (Badajoz) como bien de interés cultural, con categoría de lugar de interés etnológico.

MarginalBOE-A-2012-9273
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Extremadura
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de Extremadura recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma».

La Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley.

Con base en la normativa citada, se dictó Resolución de 2 de marzo de 2011, publicada en el DOE de fecha 23 de marzo, de la Excma. Sra. Consejera de Cultura y Turismo por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural para el «Conjunto de huerta, noria y cocedero de altramuces» de Monesterio (Badajoz), con la categoría de Lugar de Interés Etnológico.

La incoación del expediente fue notificada a los titulares afectados, al Excmo. Ayuntamiento de Monesterio (Badajoz) y al Ministerio de Cultura, para su inscripción provisional en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, donde se procedió a practicar anotación preventiva del expediente de declaración, con el n.º 28419. No se han presentado alegaciones.

Se han cumplimentado todos los trámites previstos en los artículos 7 y siguientes de la ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el art. 4.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. De ellas, se ha recibido informe favorable de la Universidad de Extremadura y de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes. Y también de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Badajoz.

Próxima a la localidad de Monesterio se encuentra la finca «La Cabra», donde se sitúa el conjunto protegible. Se trata de un conjunto de inmuebles e ingenios que ocupan un espacio alrededor de un manantial sito en un espacio de dehesa. El conjunto, en lo puramente arquitectónico, integra las más destacadas técnicas constructivas de buena parte de la provincia (piedra seca; mampostería; tapial, y ladrillo.) Del mismo modo, configura un peculiar conjunto testigo de la ósmosis existente entre dos espacios muy diferentes: la dehesa y la huerta, merced a la presencia de agua, lo que permitía el mantenimiento de la segunda y el tratamiento del altramuz, recurso de la primera en relación al ciclo del engorde del cerdo durante la etapa estival. Lo más relevante de esta red de procesos de trabajo es la inserción de la huerta en un ecosistema como el de la dehesa.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del Estatuto de Autonomía de Extremadura y con el artículo 9 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 27 de abril de 2012, dispongo:

Artículo 1 Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Lugar de Interés Etnológico.

Se declara Bien de Interés Cultural con categoría de Lugar de Interés Etnológico el «Conjunto de huerta, noria y cocedero de altramuces» sito en la finca «La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR