Orden TAS/1933/2006, de 7 de junio, por la que se nombra personal estatutario fijo y se asignan plazas de ATS/DUE.

MarginalBOE-A-2006-10893
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

Por Orden TAS/3704/2004, de 29 de octubre (B.O.E. de 15 de noviembre), se inició la fase de provisión del proceso selectivo para cubrir plazas de ATS/DUE de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Instituto Social de la Marina, dentro del proceso extraordinario de consolidación establecido en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 22), que finalizó por Orden TAS/1048/2006, de 29 de marzo (BOE de 11 de abril) mediante la cual se nombró personal estatutario fijo y se asignó plazas a los adjudicatarios en el proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de ATS/DUE de Instituciones Sanitarias dependientes del Instituto Social de la Marina.

En su virtud, visto lo dispuesto en las bases de la convocatoria, y en las demás normas de general y pertinente aplicación, este Ministerio resuelve:

Primero.-Nombrar personal estatutario fijo y asignar plazas como ATS/DUE a los aspirantes que, superando la fase de selección han sido adjudicatarios de plaza en el segundo proceso de la fase de provisión, según detalle que se relaciona por orden alfabético en el Anexo I A de esta Orden.

Al propio tiempo, nombrar personal estatutario fijo y declararlo en situación de excedencia, según lo establecido en la base décima de la convocatoria de provisión de plazas, al personal relacionado en el Anexo I B.

Segundo.-La toma de posesión del personal relacionado en el Anexo I A de esta Orden, se efectuará en la Dirección Provincial donde se le haya asignado la plaza.

Tercero:

  1. Los adjudicatarios procedentes de la expectativa de destino de la fase de selección dispondrán de un plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden, para efectuar la toma de posesión. Este mismo plazo regirá en el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo. En ambos casos este período no será retribuido.

  2. Cuando el adjudicatario sea personal estatutario con plaza en propiedad en la misma categoría a la que ha concursado en esta convocatoria, y no proceda de la fase de selección, deberá cesar en la que, en su caso, desempeñe, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique esta Orden. La toma de posesión en la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad; o en el de un mes, si pertenece a distinta localidad.

  3. Cuando el aspirante...

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