Resolución de 28 de julio de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Fabricación de hidrogeles en Páramo de Masa (Burgos)», promovido por Unión Española de Explosivos, S. A.

MarginalBOE-A-2005-14398
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de 'Fabricación de hidrogeles en Páramo de Masa (Burgos)', promovido por Unión Española de Explosivos, S. A.

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, establece, en el artículo 1.2, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a evaluación de impacto ambiental en forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, correspondiente a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, la formulación de las resoluciones sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos es competencia de la Administración General del Estado, reguladas por la legislación vigente.

El proyecto 'Fabricación de hidrogeles en Páramo de Masa (Burgos)' se encuentra comprendido en el apartado a) del grupo 6 del anexo II de la Ley 6/2001, de 8 de mayo.

De acuerdo con el artículo 2.3 del Real Decreto Legislativo, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 6 de septiembre de 2004, la documentación relativa al proyecto remitida por Unión Española de Explosivos, S. A., incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto de 'Fabricación de hidrogeles en Páramo de Masa (Burgos)' consiste en la ampliación de las actividades de la fábrica que Unión Española de Explosivos tiene en Páramo de Masa, perteneciente a la Merindad del Río Ubierna, en la provincia de Burgos. La ampliación se realiza para la fabricación de un nuevo tipo de explosivo (hidrogel), mediante un proceso de mezclas físicas que de lugar a una reacción de...

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