TRATADO de Niza por el que se modifica el Tratado de la Unión Europea, los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y determinados actos conexos, hecho en Niza el 26 de febrero de 2001. Entrada en vigor.

MarginalBOE-A-2003-1685
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

TRATADO de Niza por el que se modifica el Tratado de la Unión Europea, los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y determinados actos conexos, hecho en Niza el 26 de febrero de 2001. Entrada en vigor.

El Tratado de Niza fue publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' número 267, del 7 de noviembre de 2001.

Entrará en vigor de forma general y para España el 1 de febrero de 2003.

ESTADOS PARTE

Fecha depósito -Instrumento Países Firma

Alemania . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 11- 2-2002 R Austria . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 8- 1-2002 R Bélgica . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 30- 8-2002 R Dinamarca . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 13- 6-2001 R España . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 27-12-2001 R Finlandia . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 29- 1-2002 R Francia . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 19-10-2001 R Grecia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 24- 6-2002 R Irlanda (D) . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 18-12-2002 R Italia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 4- 7-2002 R Luxemburgo . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 24- 9-2001 R Países Bajos . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 28-12-2001 R Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 18- 1-2002 R Reino Unido . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 25- 7-2002 R Suecia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26-2-2001 25- 1-2002 R

R/ Ratificación.

(D)/ Declaración.

DECLARACIÓN NACIONAL POR IRLANDA

  1. Irlanda reafirma su compromiso con los objetivos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, que confiere la responsabilidad primordial respecto del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

  2. Irlanda recuerda su compromiso con la política exterior y de seguridad común establecida en el Tratado de la Unión Europea, adoptado en Maastricht, enmendado en Ámsterdan y aprobado en cada ocasión por el pueblo irlandés mediante referéndum.

  3. Irlanda confirma que su participación en la política exterior y de seguridad común de la Unión Europea no perjudica a su política tradicional de neutralidad militar. El Tratado de la Unión Europa especifica que la política exterior y de seguridad no perjudicará el carácter específico de la política de seguridad y defensa de ciertos Estados miembros.

  4. En línea con su política tradicional de neutralidad militar, Irlanda no está vinculada por compromiso alguno de defensa mutua. Tampoco...

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